Pasar al contenido principal
Cargando...

Ordenanzas y Reglamentos

ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA LA PRESEA DOCTORA GUADALUPE LARRIVA GONZALEZ

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA LA PRESEA DOCTORA GUADALUPE LARRIVA GONZALEZ EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA CONSIDERANDO: Que, la señora DOCTORA GUADALUPE LARRIVA GONZALEZ, durante su vida siempre fue sinónimo de las más altas virtudes al servicio de su ciudad y nación. En uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Régimen Municipal. DECRETA LA SIGUIENTE ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA LA PRESEA “DOCTORA GUADALUPE LARRIVA GONZÁLEZ” Art. 1.- Créase la presea “DOCTORA GUADALUPE LARRIVA GONZALEZ”, en homenaje a tan connotada persona quien durante su vida se distinguiera como docente, dirigente gremial, catedrática universitaria, dirigente política, legisladora, ministra de Estado, dejando en cada una de sus actuaciones un legado de apoyo a las nobles causas en beneficio de su pueblo. Art. 2.- La presea “DOCTORA GUADALUPE LARRIVA GONZALEZ”, se entregará al ciudadano (a) cuencano (a) o domiciliado en Cuenca que haya prestado relevantes servicios con dedicación e iniciativas en la gestión educativa, cultural y social; así como en el desempeño de importantes funciones públicas o privadas a nivel local, nacional o internacional a favor de los objetivos e intereses de Cuenca. Esta condecoración se entregará en la sesión solemne que se realiza el Doce de Abril de cada año. Art. 3.- La presea consistirá en una medalla de oro que lleve en una cara el escudo de Cuenca en bajo relieve dentro de una elipse esmaltada que en campo de gules ostente la denominación del premio; y en la otra cara, el nombre de quien lo recibe y la fecha de la entrega. A la insignia se acompañará el respectivo pergamino que irá firmado por el Alcalde, Concejales del Cantón y Secretario Municipal. En el pergamino constarán los motivos por los que se efectúa el reconocimiento. Art. 4.- El otorgamiento de la presea será discernida por el Concejo en sesión reservada, debiendo hacerse público el nombre de la persona galardonada. Esta condecoración podrá ser otorgada a la misma persona por una sola ocasión. Art. 5.- La presente Ordenanza entrará en vigencia desde la fecha de su sanción. CERTIFICADO DE DISCUSION: Certificamos que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal en Primer y Segundo Debates, en sus sesiones ordinarias del 23 de enero y 2 de abril del 2008.- Cuenca, 3 de abril del 2008. Jorge Piedra Ledesma, VICEPRESIDENTE DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL Dr. Alfredo Aguilar Arízaga, SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y publíquese.- Cuenca, 3 de abril de 2008. Ing. Marcelo Cabrera Palacios, ALCALDE DE CUENCA Proveyó y firmó el decreto que antecede el Ing. Marcelo Cabrera Palacios, Alcalde del Cantón, en Cuenca a los tres días del mes de abril del dos mil ocho. Dr. Alfredo Aguilar Arízaga, SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL