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Ordenanzas y Reglamentos

REFORMA Y CODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA QUE NORMA LA ELECCION Y GESTION DE LA CHOLA CUENCANA

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

REFORMA Y CODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA QUE NORMA LA ELECCION Y GESTION DE LA CHOLA CUENCANA EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA CONSIDERANDO: Que es su deber preservar los valores de la cultura presentes en las diversas manifestaciones populares, que constituyen referentes vivos en nuestra historia, etnia y costumbres; Que nuestra principal riqueza patrimonial la constituye el arte, las variadas tradiciones, costumbres, artesanías y otras expresiones culturales, que han forjado la identidad de la ciudad, valores que han trascendido nacional e internacionalmente; Que estas singularidades, sumadas a ellas la presencia del personaje de la "CHOLA CUENCANA", constituye un hecho social que debe ser resaltado en el campo de la cultura y el turismo; Que la Chola Cuencana es el símbolo vivo de nuestra identidad mestiza; Que, es menester estimular las iniciativas de los gobiernos parroquiales en su afán de preservar, fomentar e impulsar proyectos de desarrollo cultural y social como alternativas de integración ciudadana; Que, el Consorcio de Juntas Parroquiales, persona jurídica de derecho privado, según lo preceptuado en la Ley Orgánica de Juntas Parroquiales es el órgano que representa a las juntas Parroquiales del cantón y, estas a su vez son legítimos representantes de los ciudadanos de las parroquias. En ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución y la Ley, EXPIDE: La siguiente: REFORMA Y CODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA PARA ELECCION y GESTION DE LA CHOLA CUENCANA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- La elección de la Chola Cuencana será un acto oficial en el programa de las fiestas de independencia de Cuenca. Art. 2.- La programación de la elección estará a cargo del Consorcio de Juntas Parroquiales del Cantón Cuenca y, se realizará durante las fiestas de conmemoración de la Independencia de Cuenca. Art. 3.- El Consorcio de Juntas parroquiales Rurales del cantón Cuenca, en forma obligatoria presentará a la I. Municipalidad de Cuenca hasta el 30 de noviembre de cada año, un informe de las actividades cumplidas para la elección, así como los gastos efectuados y los justificativos respectivos. Art. 4.- Quien resulte electa Chola Cuencana tendrá todas las consideraciones y el trato que se merece por su dignidad en todos los actos públicos organizados por la I. Municipalidad de Cuenca y más Entidades. Art. 5.- La Chola Cuencana será auténtica en sus características etno-culturales y, deberá utilizar su traje en los actos oficiales. Art. 6.- La gestión de la Chola Cuencana se orientará a cumplir labores de carácter social y cultural en proyectos de asistencia social, en el Cantón Cuenca, contando para ello con el apoyo de la I. Municipalidad de Cuenca, mas el contingente y respaldo de otras entidades públicas y privadas. Art. 7.- Los fondos que se recauden con ocasión de las diversas actividades de la elección y gestión de la Chola Cuencana se destinarán, en forma exclusiva, a los proyectos de orden social antes señalados Art. 8.- Que el Consorcio de Juntas Parroquiales presentará en el menor tiempo posible el Proyecto del Estatuto para dar nacimiento legal a la Fundación Chola Cuencana, que será el ente encargado de planificar y ejecutar los proyectos y cumplir las gestiones que debe desarrollar en cada proceso de la Elección de la Chola Cuencana. CERTIFICADO DE DISCUSION: Certificamos que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal, en Primer y Segundo Debates en sus sesiones: ordinaria del 25 de enero y extraordinaria del 17 de agosto del 2006, respectivamente. Cuenca, 21 de agosto del 2006. Jorge Piedra Ledesma, VICEPRESIDENTE DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL Dr. Guillermo Ochoa Andrade, SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y publíquese.- Cuenca, 30 de agosto del 2006. Ing. Marcelo Cabrera Palacios ALCALDE DE CUENCA Proveyó y firmó el decreto que antecede el Ing. Marcelo Cabrera Palacios, Alcalde de Cuenca, a los 30 días del mes de agosto del 2006.- CERTIFICO. Dr. Guillermo Ochoa Andrade, SECETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL