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Ordenanzas y Reglamentos

ORDENANZA QUE REGULA LA PUBLICACIÓN DE LA REVISTA TRES DE NOVIEMBRE

Fecha Publicación

ORDENANZA QUE REGULA LA PUBLICACION DE LA REVISTA “TRES DE NOVIEMBRE” EL LUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA CONSIDERANDO: Que, desde el año 1890 la Municipalidad de Cuenca mantiene un órgano oficial de la entidad, habiendo publicado hasta la fecha 116 números; Que, durante este período su contenido ha sido diverso; así, inicialmente fue una gaceta, por la que se daba a conocer las ordenanzas y resoluciones de la Municipalidad; luego, se transformó en revista, difundiendo de manera preferente el pensamiento y gestión de los presidentes del Concejo y alcaldes de la ciudad; después, se priorizó los temas históricos de Cuenca y la reseña de personalidades ilustres de la urbe; posteriormente, ha difundido ensayos de variada temática cultural y de creación literario; Que, en todo caso, una constante que ha caracterizado a la publicación a través del tiempo ha sido la presencia de temas municipales, dando cuenta de la vida edilicia; Que, la periodicidad de su publicación ha sido variable, con períodos de frecuencia mensual, trimestral, semestral, anual, bianual y hasta con mayores espacios entre un número y otro; Que, es necesario regular la periodicidad, así como la orientación y contenido del órgano de difusión de la Municipalidad, denominado revista Tres de Noviembre; y, En uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política de la República y la Ley Orgánica de Régimen Municipal, EXPIDE: La siguientes: ORDENANZA QUE REGULA LA PUBLICACION DE LA REVISTA TRES DE NOVIEMBRE. Art. 1.- La revista Tres de Noviembre es el órgano oficial del Concejo Municipal del cantón Cuenca, cuyo propósito es constituir la memoria histórica del desarrollo de la ciudad y su relación con la Ilustre Municipalidad de Cuenca. Art. 2.- Habrá un Consejo Editorial, que será el órgano rector de la revista, de cuyas resoluciones emanarán las orientaciones sobre su contenido y características. Estará conformado por el Alcalde o su delegado, quien lo presidirá, el Presidente de la Comisión de Cultura del Concejo Cantonal, el titular de la Dirección Municipal de Cultura y una persona de amplia trayectoria en el quehacer cultural de la ciudad, designada por el Concejo Municipal de fuera de su seno, de una terna presentada por el Alcalde. Art. 3.- La revista tendrá como Director un Funcionario Municipal quien se encargará de ejecutar la orientaciones y decisiones adoptadas por el Consejo Editorial. El Director será designado por el Consejo Editorial, participará en sus sesiones en calidad de secretario y será el responsable de solicitar y asegurar los escritos pertinentes. Art. 4.- La edición de la revista estará a cargo de la Dirección Municipal de Cultura, que se responsabilizará de realizar la recopilación oportuna del material escrito y complementario, de su revisión gramatical y de estilo, así como de la impresión de la publicación, cuidando que ésta cumpla con las normas internacionales relativas a créditos, registros sello editorial y otra información apropiada. Para cumplir con esta responsabilidad, la dirección Municipal de Cultura podrá designar un Editor. Art. 5.- La revista Tres de Noviembre será anual y circulará en el marco de la Sesión Solemne que realice el Concejo Cantonal para conmemorar el aniversario de la independencia política de la ciudad. Art. 6.- En el presupuesto de la Municipalidad constará una partida específica denominada “Publicación de la revista Res de Noviembre”, que será asignada a la Dirección Municipal de Cultura para este propósito, sobre la base de un desglose de los costos estimados. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA: El primer número de la revista que se publicare a partir de la expedición de la presente Ordenanza se identificará con el No. 167; los siguientes seguirán la secuencia que les corresponda. SEGUNDA: La publicación de la revista que circule el 3 de noviembre del presente año se financiará con fondos de la institución, sin perjuicio de sendos aportes de las empresas municipales. Se responsabiliza del particular a los señores Alcalde y Director Financiero. TERCERA: El Señor Alcalde organizará o dispondrá la edición de una Antología Histórica de la revista Tres de Noviembre, con ocasión de una fecha especial de la ciudad. CERTIFIFICADO DE DISCUSION: Certifico que la presente ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal, en Primer y Segundo Debates, en sus sesiones ordinarias del 17 de agosto y 21 de septiembre del 2005, respectivamente.- Cuenca, 23 de septiembre del 2005. Dr. Iván Saquicela Rodas, PRESIDENTE OCASIONAL DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL Dr. Guillermo Ochoa Andrade, SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y Publíquese.- Cuenca, 26 de septiembre del 2005. Jorge Piedra Ledesma, ALCALDE DE CUENCA (E) Proveyó y firmó el decreto que antecede, el Sr. Jorge Piedra Ledesma, Alcalde de Cuenca (e), a los 26 días del mes de septiembre del 2005.- CERTIFICO. Dr. Guillermo Ochoa Andrade, SECETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL