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Ordenanzas y Reglamentos

REFORMA AL REGLAMENTO PARA EL MANEJO DEL FONDO ROTATIVO

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

REFORMA AL REGLAMENTO PARA EL MANEJO DEL FONDO ROTATIVO EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA CONSIDERANDO: Que el Art. 202 de la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control faculta el establecimiento de cuentas bancarias rotativas para operaciones de las Entidades y Organismos del sector público; Que en la Imprenta Municipal el 2 de marzo de 2001, se publicó el Reglamento para el manejo del Fondo Rotativo; Que las exigencias de la administración pública han variado, requiriéndose mayores recursos económicos con el fin de ejercer su actividad en forma ágil y eficiente; Que el monto actual del fondo rotativo y sus erogaciones, resultan insuficientes para atender los requerimientos de la administración municipal; Que es necesario reformar el reglamento para facilitar la gestión administrativa financiera, permitiendo de esta forma la oportuna adquisición de bienes y servicios; y, En uso de las atribuciones que le confiere la Ley, EXPIDE: La siguiente: REFORMA AL REGLAMENTO PARA EL MANEJO DEL FONDO ROTATIVO. Art. 1.- El Art. 1 dirá: "El monto del Fondo Rotativo será equivalente al 15% del valor establecido para el Concurso Público de Ofertas" Art. 2.- El Art. 2 dirá: “ El monto del Fondo Rotativo servirá para efectuar erogaciones hasta por un valor equivalente al 1.5% incluido el impuesto al valor agregado, del valor establecido para el Concurso Público de Ofertas. Art. 3.- A continuación del Art. 19 del Reglamento agréguese uno innumerado del siguiente tenor: “El Alcalde, en obras que se ejecutan por administración directa o por convenios, dispondrá que un Funcionario Municipal caucionado o que rinda caución de acuerdo con la Ley o el Director Técnico de la obra contratada para el efecto, debidamente caucionado, sean los administradores de un fondo rotativo, cuyas instrucciones de administración y manejo guardarán correspondencia con lo determinado en este Reglamento y las instrucciones impartidas por la administración municipal". La presente Reforma entrará en vigencia a partir de su publicación.