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Ordenanzas y Reglamentos

ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE DETENCION POR CONTRAVENCIONES DE TRANSITO Y POLICIA DE LA CIUDAD DE CUENCA

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

EL I. CONCEJO CANTONAL DE CUENCA,

 

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el aporte de la Municipalidad de Cuenca, Gobernación del Azuay, Cámaras de la Producción del Azuay, Automóvil Club del Ecuador, Filial Cuenca, Sociedad de Choferes Sporman del Azuay y Sindicato de Choferes del Azuay, se ha realizado la construcción de un edificio, ubicado en la calle “Nicanor Merchán”, parroquia “Bellavista” de la Ciudad de Cuenca, en donde funcionará el CENTRO DE DETENCION POR CONTRAVENCIONES DE TRANSITO Y POLICIA.

 

Que es necesario garantizar un funcionamiento sustentable del CENTRO DE DETENCION POR CONTRAVENCIONES DE TRANSITO Y POLICIA DE LA CIUDAD DE CUENCA, mediante el eficiente manejo administrativo y financiero del establecimiento.

 

Que dicho funcionamiento debe cumplir las regulaciones legales vigentes y garantizar los derechos humanos de los ciudadanos que sean privados de su libertad.

 

EXPIDE:

 

LA SIGUIENTE ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE DETENCION POR CONTRAVENCIONES DE TRANSITO Y POLICIA DE LA CIUDAD DE CUENCA.

 

Art. 1.- La presente Ordenanza regirá el funcionamiento del Centro de Detención por Contravenciones de Tránsito y Policía.

 

Art. 2.- EL CENTRO DE DETENCION POR CONTRAVENCIONES DE TRANSITO Y POLICIA DE LA CIUDAD DE CUENCA, tendrá como su máxima instancia de decisión el  Concejo Cantonal de Cuenca, y como su máxima instancia de administración un comité Directivo conformado por:

 

1.        Un representante de la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Cuenca, quien lo presidirá

2.        Un representante del Comando de Policía del Azuay con sede en Cuenca

3.        Un representante de las Dirección Nacional de Rehabilitación Social

4.        Un representante del Sindicato de Choferes Profesionales del Azuay

5.        Un representante de las organizaciones de choferes sportman del Azuay

6.        Un representante de la Asociación de Cámaras de la Producción del Azuay.

 

Art. 3.- Para garantizar el funcionamiento del Centro, las instituciones participantes tendrán las siguientes responsabilidades:

 

1.        La Dirección Nacional de Rehabilitación Social, a través del Centro de Rehabilitación Social de Varones de Cuenca, tendrá la responsabilidad física y legal con respecto a los detenidos y detenidas y se encargará de la dotación de alimentos y del mantenimiento del local.

 

2.        La Policía Nacional se responsabiliza de la custodia, seguridad e integridad de los detenidos y detenidas.

 

3.        La Municipalidad de Cuenca se responsabiliza de la gestión que garantice los apoyos externos que permitan la sustentabilidad del centro, a futuro y de establecer mecanismos de monitoreo tendentes a garantizar el funcionamiento adecuado del establecimiento.  Para cumplir este objetivo aportará con una persona que actuará en la Secretaría del Comité, con derecho a voz, pero sin voto.

 

Art. 4.- En el Centro de Detención, se internarán a contraventores de tránsito y a los de policía tipificados en el Código Penal.

 

Art. 5.- El Comité Directivo del CENTRO elaborará y aprobará, en un plazo máximo de 30 días, el Reglamento que norme el funcionamiento del Centro.

 

Art. 6.- El Concejo Cantonal de Cuenca, tendrá derecho a observar y modificar las decisiones adoptadas por el Comité Directivo del Centro o por la Administración del mismo cuando,  a su criterio, aquellas no estuvieren dirigidas al cumplimiento de los objetivos establecidos o cuando atentaren contra el bienestar colectivo de la población.