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Ordenanzas y Reglamentos

Reforma a la Ordenanza Reformatoria de la Dictada para la Administración del Cementerio Municipal.

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

ARTICULO UNICO.- Sustitúyase el Art. 1 de la Ordenanza reformatoria, por el siguiente:

"Se establece como valor del terreno para los túmulos el equivalente a un salario mínimo vital general vigente, por cada metro cuadrado.

El valor de la construcción de los túmulos 2 y 3 niveles se lo fija en S/.255.430,00 y S/.335.513,00 respectivamente, cuyos valores se actualizarán de acuerdo con las fórmulas polinómicas de reajustes de precios elaboradas por la Dirección de Fiscalización de la I. Municipalidad de Cuenca, que forman parte integrante de la presente reforma y que serán publicadas juntamente con la presente reforma".

Dado en la Sala de Sesiones del I. Concejo Cantonal a los diez y ocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y uno.