Art. 1.- El artículo 2 dirá: "El Premio "Fray José María Vargas", se otorgará a las personas o instituciones que realizaren las mejores intervenciones en inmuebles ubicados dentro del área de Centro Histórico y del Cantón Cuenca, en los siguientes campos: conservación; restauración, readecuación y nueva edificación; cuyas obras se hayan concluido dentro del año inmediato anterior y que demostraren calidad histórica, arquitectónica y artística, de acuerdo con el criterio de la Comisión de Centro Histórico, en los núcleos urbano parroquiales y en los conjuntos patrimoniales delimitados".
Los inmuebles que opten por el premio en los campos inherentes a conservación, restauración y readecuación, obligatoriamente deben pertenecer al Patrimonio Cultural Edificado de la Nación y estar inventariados.
Para el caso de nuevas edificaciones, las mismas deberán estar emplazadas en el Area de Centro Histórico.
Este premio consistirá en un pergamino y una placa, en la cual conste la distinción, el nombre del propietario y la fecha del otorgamiento.