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Ordenanzas y Reglamentos

Ordenanza de Catastro Multifinalitario y de Avalúos Catastrales de la Ilustre Municipalidad de Cuenca.

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

Art. 1.- Agréguese un último inciso al artículo ocho de la Ordenanza que diga: "Para la eventual actualización anual de los avalúos catastrales dispuesto en el inciso cuarto del Artículo 316 de la Ley de Régimen Municipal, La Dirección de Avalúos y Catastros establecerá las zonas de valor, planos, tablas, parámetros y rangos, previa a la emisión de los títulos de crédito".

 

Art. 2.- Agréguese un último inciso al Artículo 9 de la Ordenanza que diga: "Los coeficientes de ajuste y el plano de zonas de valor se agregarán anualmente a la Ordenanza conforme lo establece este artículo en relación con el artículo cuatro de la presente Ordenanza, y se aplicarán previa resolución del I. Concejo Cantonal".

 

Art. 3.- Agréguese al Artículo doce inciso final que diga: "Los costos de emisión de los títulos de crédito previstos en esta Ordenanza serán fijados anualmente por la Dirección Administrativa de la I. Municipalidad y serán aprobados por el Alcalde.  Su valor constará en todos los títulos que se emitan y se cobrará por cada uno de ellos sin excepción alguna".

 

Art. 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación  en la Imprenta Municipal o por cualquier otro medio de difusión.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, a los 26 días del mes de diciembre de 1997.