Fecha de sesión
Orden
12
Dirigido a
SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
1489
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el jueves 15 de abril de 2010, al tratar el punto 12 del orden del día, acogiendo la recomendación de la Comisión de Urbanismo del 11 de marzo de 2010, resolvió aprobar el PLAN DE ACTUACION URBANISTICA DEL SECTOR DE LA LIBERTAD Y EL ROSAL DE PATAMARCA; de acuerdo con el siguiente detalle:
Según la Dirección de Avalúos, las planificaciones existentes en el sector tanto del año 1997 como del año 2001, son diferentes, la más reciente afecta al predio del Sr. Pablo Vintimilla y el despacho de la línea de fábrica realizada por Control Urbano de igual manera afecta al predio del mencionado Sr. Vintimilla.
Revisados los archivos de la Unidad de Ordenamiento Territorial, en el Sector El Rosal la planificación vigente fue aprobada por el I. Concejo Cantonal el 10 de diciembre de 1997 (PAU Nº 21), y el 16 de agosto del 2001 se ha realizado solamente una Replanificación vial del Sector El Rosal, propuesta por el Arq. Marco Feijoo, en donde la vía planificada respeta el talud que colinda con el Colegio San Vicente y plantea una vía paralela a los postes y cables de alta tensión, respetando la franja de protección. Además la Corporación Edilicia dispuso que cualquier intervención que se realice en este sector, respete el acueducto existente. Es decir para la zona en cuestión, solamente se cuenta con la planificación vigente del año 1997.
Al realizar la inspección los moradores de la zona específica, manifestaron el deseo de que se realice una reforma a la planificación vigente porque algunos predios se encuentran afectados, con este antecedente se procedió a realizar los respectivas cambios puntuales.
Y de acuerdo al Art. 131 Modificación, derogación o revocación de actos municipales de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, indica que para modificar, derogar o revocar los actos municipales se observará el mismo procedimiento establecido para su expedición. Si la derogatoria, modificación o revocatoria del acto decisorio se efectúa antes de la renovación parcial del concejo que lo aprobó, se requerirá el voto de las dos terceras partes de los miembros concurrentes y, hecha la renovación, el de la mayoría.
El proyecto contempla el rediseño del trazado vial en la planificación denominada Plan de Actuación Urbanística del Sector de la Libertad y El Rosal de Patamarca, aprobado por el I. Concejo Cantonal el 10 de diciembre de 1997. El nuevo trazado se ha definido tomando como base la información proporcionada por la Dirección de Avalúos, Catastros y Estadísticas y la Dirección de Control Urbano, el trazado respectivo está constituido por una vía peatonal con una sección de 2m, y una vía vehicular de 6m. Con respecto a la franja de protección del acueducto se ha tomado desde el eje 3m a cada lado; además se mantiene el margen de protección de 15m medidos a partir de la orilla. Los lotes que se encuentra colindantes con la vía peatonal, tendrán un retiro desde el eje de la vía 3m.
De acuerdo a la planificación vigente los lotes municipales existentes en el Sector El Rosal, no han sido considerados para ningún equipamiento, motivo por el cual podrán ser considerados como Banco de Terrenos para Indemnizaciones.
El proyecto no contempla cambio alguno en lo que respecta al uso del suelo, así como a las determinantes vigentes para el sector o para equipamientos, salvo lo indicado, razón por la cual se regirán a los contemplados en la “Reforma, Actualización, Complementación y Codificación de la Ordenanza que Sanciona el Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca”, en vigencia.
Por último se debe poner en constancia que la presente propuesta de Diseño Vial fue coordinado con los interesados en este caso el Sr. Carlos Tello y la Sra. Irene de Vintimilla, propietarios de los predios afectados, quienes estuvieron totalmente de acuerdo.