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Resoluciones

7. Conocimiento y resolución sobre la petición presentada por el Sr. GERMAN GONZALEZ MUÑOZ. Se conocerá informe de Asesoría Jurídica No. 840.

Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
Asesoría Jurídica
Fecha de Oficio
Número de oficio
1372
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 31 de marzo de 2010, al tratar el punto 7 del orden del día, relacionado con la petición del Sr. Germán González Muñoz, quien solicita que el pago de la indemnización por el inmueble de su propiedad afectado a consecuencia del ensanchamiento de la Av. Panamericana Sur, obra complementaria del Distribuidor de Tránsito de la Av. de las Américas, Av. Loja, vía a Baños y Circunvalación Sur; tomando en consideración el área total del inmueble que ha sido afectada y no únicamente el excedente del 5% y además se respeten los árboles que dice existen desde hace más de treinta años como elementos que dan vida al sector y contribuyen a un ambiente sano; resolvió acoger el contenido del oficio No. 00840 suscrito por el Procurador Sindico Municipal, el mismo que en lo principal dice: … por información de la Secretaría del I. Concejo Cantonal, la resolución de fecha 25 de febrero de 2010, de declaratoria de utilidad pública del área afectada del inmueble de propiedad del reclamante, ubicado en la parroquia Yanuncay de esta ciudad de Cuenca, se la realizó por la prensa el 27 de febrero de 2010, en el Diario El Tiempo. El artículo 241 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en su inciso segundo, dispone que el interesado que no estuviere conforme con el acuerdo de ocupación o con la declaratoria de utilidad pública, presentará al Concejo dentro del término de tres días, a partir de la fecha de notificación, las observaciones que fueren del caso. Por lo anteriormente expresado se niega la petición del señor Germán Gonzalez Muñoz, por extemporánea, amén de que la planificación del sector que involucra el Distribuidor de Tráfico y ensanchamiento de la vía, impone al reclamante la cesión gratuita de hasta el 5% de la superficie total, tratándose de ensanchamiento vial, en aplicación del literal a) numeral 3, del artículo 237 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Al margen de lo anotado, se respetará la mayor cantidad posible de vegetación existente en el sector, en el marco del proyecto que se viene ejecutando.