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Resoluciones


9. Conocimiento y resolución sobre el trámite de lotización MAYOR DEL PREDIO DE PROPIEDAD DEL SR. ESTANISLAO SANCHEZ AUQUILLA, UBICADO CON FRENTE A LA AVDA. RICARDO DURAN. Se conocerá el acta de la Comisión de Urbanismo del 20 de octubre de 2009.

Fecha de sesión
Orden
9
Dirigido a
DIRECCION DE SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
2597
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el viernes 6 de noviembre de 2009, al tratar el punto 9 del orden del día, acogiendo la recomendación de la Comisión de Urbanismo del 20 de octubre de 2009, resolvió aprobar el trámite de lotización MAYOR DEL PREDIO DE PROPIEDAD DEL SR. ESTANISLAO SANCHEZ AUQUILLA, ubicado con frente a la Av. Ricardo Durán (vía a Baños); de acuerdo con el siguiente detalle: AREA TOTAL: 9.978,60 m2 100.00% AREA DE LOTES: 5.878,75 m2 58.91% AREA DE VÍAS PROPUESTAS: 1.990,75 m2 19.95% AREA DE AFECTACION MARGEN DE PROTECCION QUEBRADA EL SALADO: 1.302,00 m2 13.05% AREA DE AFECTACION MARGEN DE PROTECCION QUEBRADA MAZHUYACU: 807,15 m2 8.09% El proyecto está formado por treinta y dos lotes con cabidas que van desde 121,70 m2 a 523,30 m2. Pasa a poder municipal el área de vías y el área correspondiente a las márgenes de protección de las quebradas El Salado y Mazhuyacu, con una cabida total de 4099,85 m2, correspondiente al 41,09 % del área total. Además se tendrá en cuenta lo manifestado por el peticionario: 1. “El terreno se encuentra colindando con las quebrada El Salado y Mazhuyacu, de manera que por disposición de la Municipalidad se encuentra con afectación en sus respectivas márgenes. 2. La afectación por la margen de protección de las quebrada El Salada (13,05%) y Mazhuyacu (8,09%), representa un porcentaje total de 21,14% de la superficie total del terreno, de tal manera que no tengo derecho a indemnización alguna al no llegar a superar el 35% que prescribe la Ley Orgánica de Régimen Municipal. 3. El proyecto contiene el diseño vial para servir internamente al propio terreno, vías que ocupan un 19.95% de la superficie del terreno, porque al no corresponder a afectaciones por la planificación municipal, no tendría derecho a indemnización alguna; y, 4. En el hipotético caso de que se creyera que tengo derecho a alguna indemnización, con el presente documento renuncio expresamente a reclamarlo”.