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Resoluciones


8. Conocimiento y resolución sobre el contenido del oficio No. 1409, suscrito por el Procurador Sindico Municipal, relacionado con la reforma al Art.1 del Reglamento Interno de Propiedad Horizontal del EDIFICIO MEJIA ANDRADE.

Fecha de sesión
Orden
8
Dirigido a
PROCURADOR SINDICO
Fecha de Oficio
Número de oficio
3494
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 3 de junio de 2009, al tratar el punto 8 del orden del día, relacionado con la reforma al Art. 1 del Reglamento Interno de Propiedad Horizontal del EDIFICIO MEJIA ANDRADE; resolvió acoger el contenido del oficio No. 1409 de Asesoría Jurídica, consecuentemente dicho artículo queda de la siguiente manera: “Art. 1.- El presente reglamento interno tiene por objeto establecer los principios y normas que deben regir para todos quienes son copropietarios del inmueble declarado en propiedad horizontal denominado EDIFICIO MEJIA ANDRADE, inmueble de propiedad de Candido Leonardo Mejía Andrade y de Rosa María Bravo Cárdenas, adquirido por compra a María Rosario Andrade Espinoza, mediante escritura celebrada ante el Notario Público Sexto del Cantón Cuenca, doctor Mariano Cordero Estrella, el 10 de junio de 1980, e inscrito en el Registro Mayor de la Propiedad del Cantón Cuenca con el No. 1656, con fecha 1 de julio de 1980, bien raíz ubicado en el sector denominado “Yanuncay Chico”, de la parroquia Sucre de este Cantón y se encuentra linderado de la siguiente manera: por la cabecera: en parte en la extención de trece metros con el lote C, y en otra parte con el acceso al lote B en la extensión de tres metros; por el pie: en la extensión de diez y seis metros con el lote A; por el un costado, en la extensión de nueve metros con terrenos de José Mejía, y por el otro costado en la extensión de veinte y cinco metros con el lote A. Aclarando que el dominio que se levanta sobre el terreno declarado bajo el Régimen de Propiedad Horizontal se encuentra ubicado dentro del lote Tres, de conformidad con los datos y linderos establecidos en la copia del plano de relotización aprobado por la I. Municipalidad de Cuenca, cuyo inmueble tiene una cabida total de ciento noventa y dos metros cuadrados”.