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Resoluciones


7. Conocimiento y resolución sobre el contenido del oficio No. 1224, suscrito por el Procurador Sindico Municipal, relacionado con la declaratoria de utilidad pública con ocupación inmediata y con fines de expropiación del área de terreno de propiedad

Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
SINDICATURA
Fecha de Oficio
Número de oficio
3057
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el viernes 15 de mayo de 2009, al tratar el punto 7 del orden del día, contando con todos los requisitos y documentos exigidos en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, Art. 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 104 del Reglamento de dicha Ley, resuelve declarar de UTILIDAD PUBLICA CON OCUPACION INMEDIATA Y FINES DE EXPROPIACION, el inmueble de propiedad de la ASOCIACION DE LAVADORES DE VEHICULOS “TRES DE NOVIEMBRE”, cuya ubicación, linderos y más características son: PROPIETARIO: Asociación de Lavadores de Vehículos “Tres de Noviembre, representada por su Presidente el señor Julio Gonzalo Salto Chicaiza. UBICACIÓN: calle Roma AREA TOTAL DE TERRENO: 10.397,10 m2 1.- AREA AFECTADA PARA CALLE ROMA: 1.576,25 m2 Avalúo por m2: $ 47.00 Avalúo total del predio afectado para vía: $ 74.083,75 2.- AREA AFECTADA PARA MARGEN DE PROTECCION DEL RIO EQUIPAMIENTO RECREACIONAL: 8.820,85 m2 Avalúo por m2: $ 34.00 Avalúo total del predio: $ 299.908,90 EL AVALUO TOTAL DEL INMUEBLE QUE SE EXPROPIA ES DE: $ 373.992,65 A este valor deberá adicionarse la cantidad correspondiente al 5% determinado en el artículo 244 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, de pago obligatorio. LINDEROS DEL AREA QUE SE EXPROPIA PARA LA VIA ROMA: Por el Norte: 99.80 metros con predio de Manuel Germán Serrano Por el Sur: 125.05 metros con área afectada para equipamiento recreacional margen de protección de río. Por el Este: 21.75 metros con calle Roma Por el Oeste: 14.65 metros con calle Roma LINDEROS DEL AREA QUE SE EXPROPIA PARA MARGEN DE PROTECCION DEL RIO- EQUIPAMIENTO RECREACIONAL: Por el Norte: 125.05 metros con área afectada para calle Roma Por el Sur: 157.65 metros con río Cuenca Por el Este: 60.15 metros con espacio verde Por el Oeste: 94.30 metros con espacio verde municipal Los representantes legales de la I. Municipalidad quedan autorizados para buscar un entendimiento con los titulares del inmueble, en el marco de la Ley, y en el evento de no lograrse tal entendimiento que permita su adquisición directa, a deducir la acción judicial de expropiación de la raíz”.