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Resoluciones


2. Conocimiento y aprobación del acta de las siguientes sesiones:
• Ordinaria del 2 de abril del 2008
• Extraordinaria del 8 de abril del 2008

Fecha de sesión
Orden
2
Dirigido a
PARA ACTAS
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
• Ordinaria del 2 de abril del 2008.- Se aprueba con el voto salvado del Dr. Iván Piedra y Dra. Flor María Salazar. • Extraordinaria del 8 de abril del 2008.- Se aprueba el acta luego de la reconsideración del punto 3 del orden del día, relacionado con el trámite de apelación interpuesto por el Sr. GERARDO QUINTUÑA OCHOA, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra; quedando la resolución en los siguientes términos: … Se resuelve imponer al Sr. GERARDO QUINTUÑA OCHOA, una multa correspondiente al 10% del avalúo de ($ 35.000,00) siendo a pagar la cantidad de $ 3.500,00 (TRES MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, CON CERO CENTAVOS), cantidad que deberá ser depositada en la Tesorería Municipal del Cantón Cuenca, la que se le oficiará oportunamente para su recaudación, luego de que se ejecutoríe esta resolución el infractor deberá retirar lo rellenado en un volumen aproximado de 2300 m3 que se encuentran ocupando las márgenes de protección de la quebrada y canal, de acuerdo al plano de macrodeslizamiento Turi – Gapal, el predio se emplaza en una zona de peligrosidad alta y de acuerdo al reglamento que norma la planificación y construcción de obras de urbanización y de edificaciones en la zona de Turi-Icto Cruz y áreas aledañas, no se puede realizar este tipo de trabajo de rellenos anti técnicos. Lo realizado no se encuentra autorizado por lo que el propietario deberá retirar el material colocado en las márgenes de protección de la quebrada, canal y camino vecinal en el volumen antes citado, por otro lado se deberá mitigar el impacto ambiental creado de acuerdo a un plan de manejo debidamente aprobado por el organismo competente que mitigen los daños ambientales causados, evite problemas con la I. Municipalidad en lo que se refiere a este bien inmueble cumpliendo la presente resolución en el término de ocho días. La señora actuaria del despacho oficiara a la Dirección de Control, para que en la persona de su Director, disponga que el Técnico y el señor Inspector de la zona realicen el seguimiento respectivo informando en caso de que no se de cumplimiento a lo dispuesto en esta resolución de no retirar voluntariamente la parte infractora en el término establecido, lo realizará la dirección de Obras Públicas Municipales con personal y maquinaria a su cargo para este tipo de trabajos, en aplicación del Art. 432 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Se oficiará a la Dirección de Gestión Ambiental para su conocimiento…