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Resoluciones

Trámite de indemnización a favor de los res. Alberto Arichavala Heredia, Rosa Ana Arichavala Heredia, María Adelina Arichavala Heredia, Manuel Octavio Arichavala Heredia y María Luisa Arichavala Heredia

Fecha de sesión
Orden
2
Dirigido a
Avalúos y Catastros
Fecha de Oficio
Número de oficio
663
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 31 de enero del 2008, al tratar el punto 2 del orden del día, acogiendo la sugerencia de la Comisión de Avalúos y Catastros del 7 de enero del 2008, resolvió aprobar el trámite de indemnización a favor de los Sres. ALBERTO ARICHAVALA HEREDIA, ROSA ANA ARICHAVALA HEREDIA, MARIA ADELINA ARICHAVALA HEREDIA, MANUEL OCTAVIO ARICHAVALA HEREDIA Y MARIA LUISA ARICHAVALA HEREDIA; de acuerdo con el siguiente detalle: DATOS DEL PREDIO AFECTADO UBICACIÓN: calle Cordillera PARROQUIA: Totoracocha CLAVE CATASTRAL: 04-03-062-002 ÁREA DEL TERRENO: 1008,08 m2 ÁREA AFECTADA: 1008,08 m2 PORCENTAJE: 100 % AVALÚO POR M2: $98,00 FACTOR DE AJUSTE: 0,792 INDEMNIZACIÓN POR TERRENO: $77,62*1008,08 = 78.247,17 CONSTRUCCIÓN AFECTADA ÁREA AFECTADA: 77,35 m2 AVALÚO POR M2: $35,00 INDEMNIZACIÓN POR CONSTRUCCIÓN: $35,00*77,35 = 2.707,25 VALOR TOTAL A INDEMNIZAR: $80.950,39 Además se hace constar que sobre el predio existe una deuda por concepto de Mejoras Especiales que deberán ser canceladas por los propietarios, ya que el valor considerado para la indemnización contempla la plusvalía generada por las mismas. La Dirección Financiera con oficio 2774-DF, certifica la aplicación de este trámite a la partida No. 8.1.15.4.02.01 “Terrenos (indemnizaciones)”. COMPENSACION: Como pago de precio por los 1008.08 m2 de terreno que tiene derecho avaluados en $77.62USD cada metro cuadrado, se les entregará en efectivo la cantidad total de $78247.17dólares americanos, y por el área de construcción de los 77.35m2 se le entregara en efectivo el valor de $2707.25, dando un total de la indemnización de $80950.39 los gastos escriturarios y de indemnización correrán a cargo de la Municipalidad. Los propietarios deberán cancelar la deuda por Contribución Especial de Mejoras.