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Resoluciones


4. Conocimiento y resolución sobre la petición formulada por el Sr. JOSE JUVENTINO NARVAEZ SINCHI, quien insiste se le conceda el recurso de hecho que la ha sido negado. Se conocerá informe de Asesoría Jurídica.

Fecha de sesión
Orden
4
Dirigido a
Casilla Judicial
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 10 de octubre del 2007, al tratar el punto 4 del orden del día, relacionado con la petición formulada por el Sr. JOSE JUVENTINO NARVAEZ SINCHI, quien insiste se le conceda el recurso de hecho que la ha sido negado en sesión del 26 de septiembre del 2007; resolvió acoger el contenido del informe No. 2452 de Asesoría Jurídica, el mismo que en su parte principal dice: … El Sr. Doctor José Peña Ruíz, con oficios No. 2250 de fecha 6 de septiembre de 2007 y 2342 de fecha 19 de septiembre el año en curso, se ha pronunciado sobre la improcedencia del recurso de hecho, considerando el contenido del Art. 367 numeral 1 del Código de Procedimiento Civil, al no ser pertinente un recurso de apelación tampoco lo es el recurso de hecho. Por las razones anotadas, se rechaza esta nueva petición, negándose una vez más el recurso de hecho que viene intentado y se dispone la devolución del proceso a la Comisaría pertinente.