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Resoluciones


3. Conocimiento y resolución sobre el reclamo presentado por los señores: ING. ROBERTO MALDONADO ALVAREZ y GLADYS HORTENSIA CHERRES VERDUGO, por sus propios derechos e ING. MARCO CALLE, en calidad de Gerente y representante legal de LA CARPINTERIA CCIM

Fecha de sesión
Orden
3
Dirigido a
SINDICO, NOTIFICACIÓN, CONTROL MUNICIPAL, SEGEPLAN, AVALLUOS Y CATASTROS, FINANCIERO
Fecha de Oficio
Número de oficio
3591
los señores Ing. Roberto Maldonado Alvarez y Gladys Hortensia Cherres Verdugo por sus propios y personales derechos, y el Ing. Marco Calle, en calidad de Gerente y Representante Legal de la Carpintería CCIM Cía. Ltda., concurren ante el señor Alcalde del Cantón y por su intermedio al I. Concejo Cantonal solicitando se deje sin efecto la declaratoria de Utilidad Pública con ocupación inmediata declarada con relación al predio ubicado en el sector denominado Machángara de la Parroquia Ricaurte, Cantón Cuenca, por adolecer de vicios insubsanables, en tanto, se desconocen y vulneran el derecho de propiedad de los Cónyuges Sr. Ing. Roberto Maldonado Alvarez y Sra. Gladys Hortencia Cherres Verdugo, y los derechos.- Para ello precisan los debidos antecedentes y se fundamentan en la secuencia de hechos y en el Derecho. A más adjuntan la documentación que avalaría sus acertos. El señor Alcalde del Cantón Ing. Marcelo Cabrera Palacios, dispone que por Secretaría se requiera al señor Procurador Síndico de la I. Municipalidad, el informe legal que el caso amerita. Este petitorio, consta de oficio No. 3188 del 30 de mayo del 2007. El señor Procurador Síndico con oficio No. 1489 del 4 de junio del 2007, se dirige al señor Alcalde, emitiendo el informe requerido en torno al reclamo presentado por los señores Ing. Roberto Maldonado Alvarez y Sra. Gladys Hortensia Cherres Verdugo por sus propios y personales derechos y el Ing. Marco Calle en calidad de Gerente y Representante Legal de la Carpintería CCIM Cía. Ltda..- Tomando en consideración que el reclamo debe ser resuelto, para hacerlo se considera: 1.- El I. Concejo Cantonal es competente para conocer y resolver el reclamo planteado, en base a lo dispuesto en el Art. 134 de la Codificación de la ley Orgánica de Régimen Municipal (LORM). 2.- El I. Concejo Cantonal al tratar el punto cinco del orden del día de la Sesión del 211 de marzo del 2007 decidió declarar de utilidad pública con ocupación inmediata, para destinarlo al ACENTAMIENTO DE VIVIENDAS DE LAS FAMILIAS DAMNIFICADAS POR LOS DESASTRES NATURALES OCURRIDOS EN LA CIUDAD DE CUENCA, el inmueble de propiedad del señor Jorge Enrique Quizhpi Flores y Alicia Esperanza Aguirre Tigre, ubicado en la calle Marginal Derecha del Río Machángara, Parroquia Machángara, área de terreno, 10.624,65 m2, clave catastral 14-02-002-021. 3.- Los reclamantes fundamentan su reclamo en el hecho de que, el predio que ha sido declarado de utilidad pública no es de dominio de los señores Jorge Enrique Quizhpi Flores y Alicia Esperanza Aguirre Tigre, sino de quienes comparecen como reclamantes. 4.- De acuerdo con las escrituras públicas presentadas efectivamente se desprende, que los reclamantes Ing. Roberto Maldonado Alvarez y Gladys Hortensia Cherres Verdugo, son propietarios del inmueble que ha sido declarado de utilidad pública y este ha sido adquirido por compra a los señores Jorge Enrique Quizhpi Flores y Alicia Esperanza Aguirre Tigre, mediante escritura celebrada ante el Notario VIII del Cantón Cuenca, Dr. Homero Moscoso Jaramillo, el 19 de diciembre de 2006 e inscrita en el Registro de la Propiedad con el número 453 el 11 de enero de 2007. 5.- En base a lo expresado, al existir un error en cuanto a la identificación de los propietarios del predio declarado de utilidad pública, el I. Concejo Cantonal RESUELVE: Revocar la resolución tomada en sesión del 21 de marzo de 2007 al tratar el punto cinco del orden del día, ratificando la afección de este bien inmueble para fines de vivienda social; y, disponiendo que los Directores Municipales elaboren toda la documentación para iniciar el trámite de declaratoria de utilidad pública.