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Resoluciones


13. Conocimiento y resolución sobre el reclamo presentado por los Sres. ALBERTO, ROSANA, MARIA ADELINA, MANUEL OCTAVIO y MARIA LUISA ARICHABALA HEREDIA. Se conocerá informe de Avalúos y Catastros.

Fecha de sesión
Orden
13
Dirigido a
CASILLA JUDICIAL
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 1 de marzo del 2007, al tratar el punto 13 del orden del día, relacionado con el reclamo presentado por los Sres. ALBERTO, ROSANA, MARIA ADELINA, MANUEL OCTAVIO y MARIA LUISA ARICHABALA HEREDIA; resolvió acoger el informe de Avalúos Catastros y Estadísticas, el mismo que en lo pertinente dice: ... Los ahora reclamantes en el año 2005, presentaron ya una reclamación en torno a lo ahora planteado, no llegándose a acuerdo alguno por la afectación de dichos predios. La Secretaría General de Planificación mediante oficio No. 4111 del 15 de diciembre de 2006 suscrito por el Arq. Pablo Abad Herrera, informó que el predio ubicado con frente a la calle Cordillera, parroquia Totoracocha se encuentra afectado como reserva para espacio verde de los planos de actuación urbanística de este sector, aprobadas por el I. Concejo Cantonal el 1 de abril y el 20 de mayo de 1982. La Secretaría General de Planificación, en virtud de la necesidad de la ciudad de contar con este tipo de espacios destinados a la recreación y desarrollo de sus habitantes, es del criterio que se ratifique la planificación vigente, a fin de mantener este espacio como reserva de suelo. Por las consideraciones de orden técnico, al existir informe de la Dirección en mención de que se ratifica la planificación prevista para la zona, corresponde establecer si existen o no los recursos económicos que permitan que la I. Municipalidad adquiera dichos predios, de conformidad a los rangos de valoración y los factores de corrección vigentes en la Municipalidad de Cuenca. De contar con los recursos, a la I. Municipalidad le corresponde aplicar lo determinado en el Art. 237, numeral 3, literal b) de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, esto es, aplicar los porcentajes y valoración del predio de conformidad a los siguientes datos: UBICACIÓN: Calle Cordillera PARROQUIA: Totoracocha AREA DEL PREDIO: 988.38 m2 CLAVE CATASTRAL: 04-03-062-002 LINDEROS: NORTE: 18.70 m Enrique Espinoza SUR: 20.75 m Alfonso Zumba ESTE: 51.45 m calle Cordillera OESTE: 50.35 m Rafael Ayabaca Avalúos para pago a propietarios: $ 51.622,37 Por lo expuesto, cuanto la Municipalidad cuente con los recursos correspondientes procederá, de existir el acuerdo con los propietarios, al pago establecido por la Dirección de Avalúos y Catastros. Al momento la I. Municipalidad no ha determinado ningún trámite de expropiación ni declaratoria de utilidad pública sobre el inmueble objeto del reclamo, por lo que no se puede atender las pretensiones de los reclamantes bajo los términos expuestos en su petición, motivo este por el cual, SE NIEGA la reclamación de los señores ALBERTO, ROSANA, MARIA DELINA, MANUEL OCTAVIO Y MARIA LUISA ARICHABALA HEREDIA.