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Resoluciones


7. Conocimiento y resolución sobre el informe conjunto emitido por los Señores Directores de la SEGEPLAN y de la CGA, relacionado con el “PROCESO DE EVALUACION EN LA ZONA DE LOS TRIGALES Y AREAS ALEDAÑAS” (trámite 47414)

Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
DIRECTOR DE LA SEGEPLAN, DIRECTOR DE LA CGA
Fecha de Oficio
Número de oficio
4620
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 26 de julio del 2006, al tratar el punto 7 del orden del día, resolvió aprobar el informe conjunto emitido por los Señores Directores de la SEGEPLAN y de la CGA, relacionado con el “PROCESO DE EVALUACION EN LA ZONA DE LOS TRIGALES Y AREAS ALEDAÑAS”, consecuentemente se aprueban las siguientes conclusiones y recomendaciones: - Los estudios realizados permitieron definir las características geológicas del sector, las que deberán representarse en mapas geológicos y de peligrosidad, que deberán ser elaborados en el menor plazo posible, conjuntamente con una normativa que regule las actuaciones urbanísticas y construcción de edificaciones en el área. - Las características geológicas y el tipo de fenómenos naturales presentes en el área de los Trigales y zonas aledañas permiten establecer los lineamientos y guías para el ordenamiento y desarrollo territorial. - Los fenómenos de inestabilidad presentes en el área no constituyen hechos aislados, los estudios indican la existencia de antiguos deslizamientos sumados a una composición del suelo que presenta características de baja resistividad, por lo que es necesario que esta zona sea objeto de un especial tratamiento de prevención y mitigación a fin de que las acciones antrópicas que en ella se realicen, sean concordantes con su realidad geológica. - La composición del suelo existente presenta características desfavorables en condiciones de saturación, lo que conduce a la pérdida de resistencia al corte y disminución de su capacidad portante, volviéndoles extremadamente vulnerables a ser afectados por fenómenos de inestabilidad. - Es necesario que todas las acciones a emprender en este territorio obedezcan a estudios geotécnicos específicos, para minimizar el impacto sobre el terreno. - Se deberá realizar el diseño y construcción de canales para la conducción de escorrentía superficial, a fin de reducir los niveles de infiltración, sin que estas obras signifiquen una drástica reducción de la inestabilidad en el área ya que los resultados de estas medidas se podrán apreciar a mediano y largo plazo. - Se recomienda emprender un programa de reforestación del sector con especies nativas que se adapten al suelo existente, con la finalidad de reducir los procesos erosivos del suelo, que se evidencian en sectores desprovistos de vegetación. - Considerando la condición de vulnerabilidad definida a través de los diferentes estudios que han sido analizados, es necesario definir políticas y procedimientos que impidan el emplazamiento de nuevos proyectos habitacionales de alta densidad poblacional y otros usos que sean incompatibles con las características geológicas del área por lo que se recomienda que esta zona sea determinada como área de uso agrícola – forestal; lo cual implica reformas a la Ordenanza en vigencia, en relación a las determinantes de uso y ocupación del territorio, así como el impedimento de fraccionamiento de predios y construcción de nuevas edificaciones en lotes vacantes. - Para el caso específico del predio de UNE, en base a los resultados de los diferentes estudios y a un somero análisis costo – beneficio de los que representaría la implantación del proyecto formulado, se recomienda impedir todo proceso de urbanización en el predio, considerando la vulnerabilidad del sitio, por lo que se deberá tomar una decisión institucional sobre le mecanismos para enfrentar el problema de orden social que esta situación genera. - En vista de que el período de moratoria se ha cumplido y existe la demanda de la población para la realización de construcciones en esta zona, se recomienda que, previo a la autorización, se exija el cumplimiento de lo siguiente: 1. Cualquier proyecto y desarrollo de obras deberá estar condicionado a la elaboración y presentación de estudios geotécnicos e hidrogeológicos detallados, así como del diseño estructural que responda a las condiciones detectadas. 2. La construcción de vivienda se deberá permitir únicamente en tramos (manzanas) con pendientes menores al 20%. 3. No se deberá permitir la construcción de edificaciones en zonas de recarga de aguas lluvia o con evidencia de elevados niveles de saturación. 4. Previo al otorgamiento del Certificado de Afectación y Licencia Urbanística, la Dirección de Control Municipal, en coordinación con la Secretaría General de Planificación y la Comisión de Gestión Ambiental deberán realizar una revisión de la información existente y un reconocimiento de la zona a fin de determinar si es susceptible de receptar edificaciones, en cuyo caso se deberán establecer características de uso y ocupación del suelo particulares para el predio. Para el efecto, se recomienda la conformación de una estructura orgánica municipal, dotada de capacidad técnica y administrativa para dar respuesta a lo señalado anteriormente. 5. En las zonas consolidadas y predios con edificaciones se deberá permitir únicamente la ejecución de obras de reparación y adecuación que no supongan el incremento de la carga estática sobre el terreno, de ser este el caso, deberá cumplir con los requisitos establecidos para predios no edificados. - Es necesario realizar un plan de ejecución de obras de prevención y mitigación en la zona, especialmente en los barrios consolidados. Dicho plan deberá contar con la dirección técnica de profesionales especializados en la problemática del sector. - Se debe emprender la ejecución de un programa de recuperación y reconformación de drenajes naturales en todo el sector. - ETAPA deberá realizar la evaluación de las condiciones actuales del sistema de drenaje y alcantarillado, así como de la red de distribución de agua potable y elaborar un proyecto alternativo para la dotación de estos servicios, considerando las características del suelo, especialmente para la zona de LOS TRIGALES ALTOS Y BAJOS.