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Municipio aclara que la construcción en calle Ramón Cortázar se ejecuta conforme a la planificación urbana vigente

Enviado por rpublicas el September 1, 2026
El proyecto que se construye en la calle Ramón Cortázar, entre avenida Ordóñez Lasso y Tres de Noviembre, se desarrolla de acuerdo con la planificación urbana aprobada para el sector y con la normativa vigente sobre uso y ocupación del suelo.

El proyecto que se construye en la calle Ramón Cortázar, entre avenida Ordóñez Lasso y Tres de Noviembre, se desarrolla de acuerdo con la planificación urbana aprobada para el sector y con la normativa vigente sobre uso y ocupación del suelo.

La planificación de la calle Ramón Cortázar y su entorno cuenta con antecedentes que se remontan a décadas pasadas y que han sido objeto de sucesivas revisiones y ajustes por parte del Concejo Cantonal de Cuenca.

El 19 de diciembre de 1985, el Concejo Cantonal aprobó el “Plan de Actuación Urbanística del sector comprendido entre la quebrada de Sacay y entrada a San Joaquín”. En esta planificación se estableció el trazado de la calle Ramón Cortázar con un ancho de 5 metros y se contempló la conservación de edificaciones preexistentes en el sector, entre ellas la que en ese momento se encontraba emplazada en la esquina de dicha vía.

Posteriormente, el 22 de mayo de 1986, se aprobó el “Plan de Actuación Urbanística del sector comprendido entre la quebrada de Sacay, la avenida Ordóñez Lasso, el río Tomebamba y el límite urbano”. Esta planificación modificó el trazado de la calle Ramón Cortázar, estableciendo un ancho de 6 metros y realizando un ajuste en el eje de la vía desde su intersección con la avenida Ordóñez Lasso. Al mismo tiempo, se mantuvo la edificación preexistente ubicada en la esquina de la calle Ramón Cortázar.

El 9 de marzo de 2006, el Concejo Cantonal aprobó la “Reforma a la planificación de la calle Paseo Tres de Noviembre entre las quebradas de Sacay y Balzain”. En esta reforma se estableció para la calle Ramón Cortázar una sección de 4 metros en la esquina con la avenida Tres de Noviembre y de 8 metros de ancho en el resto del tramo, hasta su intersección con la avenida Ordóñez Lasso.
Estos parámetros fueron posteriormente ratificados en la planificación aprobada en 2017, cuando el Concejo Cantonal de Cuenca aprobó la “Replanificación vial parcial de la avenida Paseo Tres de Noviembre”, instrumento en el que consta nuevamente la calle Ramón Cortázar con una sección de 4 metros en la esquina con la avenida Tres de Noviembre y 8 metros en el resto del tramo hasta su intersección con la avenida Ordóñez Lasso, conforme a la planificación aprobada en 2006.

Igualmente, la planificación referida sirvió para que la Municipalidad cumpla  con el proceso de declaratoria de utilidad pública, que es un mecanismo legal, para ejecutar la vía como se encuentra al momento, con la respectiva indemnización y procesos previos.

Por tanto, la situación actual del sector no responde a una decisión reciente ni a una autorización particular otorgada para modificar la planificación urbana. El director de Planificación Territorial, Santiago Vanegas, sostuvo que se trata de parámetros que cuentan con antecedentes de planificación desde 1985 y que han sido revisados y actualizados por el Concejo Cantonal a lo largo de las últimas cuatro décadas.

El proyecto observado fue revisado conforme a la normativa vigente y se ajusta a las condiciones urbanísticas aplicables al predio, incluidas las líneas de fábrica, retiros y alturas correspondientes.
Es importante señalar que la emisión de un permiso de construcción constituye un acto administrativo reglado y no discrecional. Cuando un administrado cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos, la administración debe actuar conforme a la normativa aplicable.
En este caso, el Informe de Regulación Urbana (IRU), cuya información puede ser consultada en línea de manera referencial y que posteriormente es verificada por las instancias municipales competentes, confirmó la compatibilidad del proyecto con las condiciones urbanísticas establecidas.

En consecuencia, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales, negar o suspender un permiso sin fundamento jurídico supondría apartarse de las reglas que rigen el procedimiento administrativo.