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Resoluciones

Informe de la Comisión de Salud realcionada con:
- Sistema de atención Primaria de Salud en el sector rural.
- Implementación de un modelo de Atención Familiar
- Adminsitración de la Ley de Maternidad Gratuita

Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
Para actas
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
La Corporación Edilicia, luego de las deliberaciones correspondientes, adopta la siguiente resolución: EL I. CONCEJO CANTONAL DE CUENCA CONSIDERANDO Que, el Art. 1 de la Constitución Política de la República establece que el gobierno de la República es de administración descentralizada; Que, la disposición del Art. 226 de la Constitución Política de la República establece que “Las competencias del gobierno central podrán descentralizarse, excepto la defensa y la seguridad nacionales, la dirección de la política exterior y las relaciones internacionales, la política económica y tributaria del Estado, la gestión del endeudamiento externo y aquellas que la Constitución y convenios internacionales expresamente excluyan. En virtud de la descentralización, no podrá haber transferencia de competencias sin transferencia de recursos equivalentes, ni transferencia de recursos, sin la de competencias. La descentralización será obligatoria cuando una entidad seccional la solicite y tenga capacidad operativa para asumirla”; Que, la descentralización consiste en la transferencia definitiva de funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos, especialmente financieros, materiales y tecnológicos de origen nacional y extranjero, de que son titulares las entidades de la Función Ejecutiva hacia los gobiernos seccionales autónomos a efectos de distribuir los recursos y los servicios de acuerdo con las necesidades de las respectivas circunscripciones territoriales, de conformidad con lo que prescribe el artículo 3 de la Ley Especial de Descentralización del Estado y de Participación Social; Que, el I. Concejo Cantonal de Cuenca, sobre la base del proceso y las experiencias impulsadas, ha realizado los análisis técnicos necesarios que determinan la direccionalidad y capacidad operativa para asumir las competencias identificadas que serán transferidas desde el gobierno central, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso final del Art. 226 de la Constitución Política de la República; Que, conforme lo dispone el Art. 3 del Reglamento a la Ley Especial de Descentralización del Estado y Participación Social, las resoluciones de las entidades autónomas deberán declarar su capacidad para asumir nuevas funciones, responsabilidades, competencias y recursos; En uso de las facultades de las que se halla investido, RESUELVE: PRIMERO: Solicitar del Ministerio de Salud Pública la transferencia definitiva de las funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos materiales, financieros, humanos y tecnológicos, de que es titular dicha cartera de Estado, en lo referente al primer nivel de atención a la salud, a favor de la I. Municipalidad de Cuenca y solicitar la administración descentralizada des potestades establecidas en la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia SEGUNDO: Declarar expresamente que la Municipalidad de Cuenca tiene la suficiente capacidad operativa para asumir las funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos que se solicitan. TERCERO: Autorizar al señor Alcalde y al señor Procurador Síndico Municipal para que en nombre y representación de la Municipalidad de Cuenca demande y asuma en forma definitiva las competencias solicitadas al Ministerio de Salud Pública sin perjuicio del plazo y condiciones que fueren necesarios.