Fecha de sesión
Orden
3
Dirigido a
Para actas
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
El I. Concejo Cantonal a conocer que ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A. han presentado una demanda ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Quito, en contra de SENATEL, CONATEL y Procuraduría General del Estado para que se declare nula la Resolución por la que se otorgó la concesión de servicios finales y portadores de telecomunicaciones a favor de la compañía ETAPATELECOM S.A., para operar en todo el territorio nacional, acuerda:
1.- Mantener, como base de la resolución, el siguiente texto:
El I. Concejo Cantonal de Cuenca
CONSIDERANDO:
Que ha llegado a su conocimiento que ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A. han presentado una demanda ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Quito para que se declare nula la Resolución Nro. 582-22-CONATEL –2003, dictada por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones CONATEL, por la que se otorgó la concesión de servicios finales y portadores de telecomunicaciones a favor de la compañía ETAPATELECOM S.A., para operar en todo el territorio nacional;
Que dicha demanda carece del más elemental fundamento jurídico; pues el CONATEL basó su decisión en expresas normas de la Ley Especial de Telecomunicaciones, su Reglamento general y el Reglamento para otorgar servicios de telecomunicaciones, que contemplan el procedimiento de adjudicación directa de concesiones de servicios de telecomunicaciones;
Que ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A. pretenden, con esta acción, coartar la libre competencia; contrariando de esta manera lo dispuesto en los artículos 244 de la Constitución Política de la República y 38 de la Ley Especial de Telecomunicaciones que disponen que, todos los servicios de telecomunicaciones, se deben prestar en régimen de libre competencia;
Que el señor Presidente Constitucional de la República, Ing. Lucio Gutiérrez Borbúa suscribió, en la ciudad de Cuenca, en calidad de Testigo de Honor, el Contrato de Concesión a favor de ETAPATELECOM S.A., demostrando su respaldo al proceso realizado por el CONATEL y la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones;
Que la ciudadanía de Cuenca y su I. Concejo Cantonal han apoyado, permanentemente, la iniciativa de la compañía ETAPATELECOM S.A. de prestar sus servicios en todo el territorio nacional;
Que ETAPATELECOM S.A. cumplió con todos los requisitos legales y reglamentarios exigidos por el CONATEL y la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, para el otorgamiento de la concesión a su favor;
Que la participación de ETAPATELECOM S.A., en el mercado de las telecomunicaciones, beneficiará directamente a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, gracias a la provisión de nuevos y mejores servicios con más bajo costo lo que motivará a las otras empresas del sector a mejorar y elevar sus niveles de eficiencia y calidad;
Que los señores Presidente del CONATEL, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Superintendente de Telecomunicaciones y Secretario Nacional de Telecomunicaciones, miembros del CONATEL, efectuaron rigurosos análisis previos a la expedición de la Resolución Nro. 582-22-CONATEL-2003;
Que, de conformidad con el artículo 68 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los actos administrativos gozan de la presunción de legitimidad y validez;
En uso de sus atribuciones legales,
RESUELVE:
Art. 1.- Rechazar la malintencionada y ligera acción iniciada por los Presidentes Ejecutivos de ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A. en contra de los señores Miembros del Consejo Nacional de Telecomunicaciones, que busca evitar que ETAPATELECOM S.A. compita en la prestación de servicios finales y portadores de telecomunicaciones en el territorio nacional;
Art. 2.- Respaldar las acciones de los señores Presidente del CONATEL, del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Superintendente de Telecomunicaciones y del Secretario Nacional de Telecomunicaciones, miembros del CONATEL, que con apego a la Ley y a los Reglamentos otorgaron a favor de ETAPATELECOM S.A. la concesión de servicios finales y portadores de telecomunicaciones;
Art. 3.- Exigir a los señores Presidente de ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A. el inmediato desistimiento, de conformidad con el artículo 50 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de la acción presentada en contra de los señores miembros del CONATEL por la Resolución Nro. 582-22-CONATEL-2003;
Art. 4.- Comunicar al señor Presidente Constitucional de la República, Ing. Lucio Gutiérrez Borbúa sobre este hecho que atenta los intereses de Cuenca y la región y solicitarle que disponga a los señores Presidentes Ejecutivos de ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A. procedan en forma inmediata con el desistimiento antes señalados.
Art. 5.- Solicitar la inmediata cancelación de los actuales Presidentes Ejecutivos de ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A. por sus acciones en contra de la ciudad de Cuenca que desacreditan y minimizan el respaldo brindado por el señor Presidente Constitucional de la República al proyecto de ETAPATELECOM S.A.;
Art. 6.- Comunicar de estos hechos a los honorables Diputados de la Provincia del Azuay, para que realicen las acciones necesarias a fin de conseguir se cumpla con lo resuelto por el Concejo Cantonal de Cuenca, frente a la pretensión de los señores Presidentes ejecutivos de ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A.
Dado en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, a los 27 días del mes de noviembre de 2003.
2.- Que se elabore una carta abierta dirigida al señor Presidente de la República, denunciando esta nueva arremetida en contra los intereses de Cuenca Se exigirá la destitución de los Presidentes Ejecutivos de ANDINATEL y PACIFICTEL y se hará conocer que Cuenca se mantendrá, en pie de lucha ante cualquier tentativa que pretenda desconocer los derechos de ETAPATELECOM.
3.- Designar, para la redacción del documento, la comisión que estará integrada por los señores concejales Econ. Leonardo Espinosa y Dr. Iván Saquicela y el Gerente de ETAPA, Arq. Fernando Pauta.
El texto de la carta abierta es el siguiente:
CARTA ABIERTA
Cuenca, 28 de noviembre del 2003
Señor Ingeniero
Lucio Gutiérrez Borbúa
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Quito.
De nuestras consideraciones:
El I. Concejo Cantonal de Cuenca, en sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2003 acordó, por unanimidad, dirigirse al señor Presidente Constitucional de la República, en los siguientes términos:
1.- Usted, en actitud que le enaltece y honra, durante la última Sesión Solemne Conmemorativa en homenaje a Cuenca en su fecha de aniversario de independencia política firmó, como Testigo de Honor, el Contrato de Concesión de Servicios Finales y Portadores de Telecomunicaciones a favor de la compañía ETAPATELECOM S.A., cuyo capital accionario es en su totalidad, patrimonio de la Empresa Pública Municipal ETAPA, creada a su vez por acto legislativo del I. Concejo Cantonal de Cuenca.
Se cumplió, de esta manera, con un viejo y reiterado anhelo de Cuenca y su región, para que ETAPA pueda operar servicios de telecomunicaciones en todo el territorio nacional.
2.- Extrañamente, de manera inaudita y malintencionada, los Presidentes Ejecutivos de ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A., han presentado una demanda ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo, en contra del Consejo Nacional de Telecomunicaciones – CONATEL – y de la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones - SENATEL - , pretendiendo que se declare nula la resolución Nro. 582-22-CONATEL-2003, dictada por el CONATEL y por la que se otorgó la referida concesión a ETAPATELECOM S.A., luego de un riguroso análisis.
3.- Esta demanda, señor Presidente, carece del más elemental fundamento jurídico; pues, el CONATEL, sustentó su decisión en expresas normas de la Ley Especial de Telecomunicaciones y sus Reglamentos, que contemplan el procedimiento de adjudicación directa de concesiones de servicios de telecomunicaciones y de la que se sirvieron ANDINATEL S.A. y PACIFICTEL S.A., que ahora pretenden convertirla en letra muerta, coartando la libre competencia y violentando los Artículos 244 de la Constitución Política de la República y 38 de la Ley Especial de Telecomunicaciones.
4.- Esta temeraria actitud, ha merecido el repudio de la Municipalidad de Cuenca y de amplios sectores ciudadanos, por lo que solicitamos a usted y al Fondo de Solidaridad, en su calidad de dueño del 100% de ANDINATEL, PACIFICTEL Y TELECSA, dispongan el inmediato desistimiento de esta malhadada acción, que permita reivindicar su firme decisión e inquebrantable voluntad de servir a Cuenca; al tiempo que desautorice, categóricamente, a funcionarios cuya nefasta presencia viene siendo contraria a los postulados de su gestión y atentatoria al desarrollo armónico y equitativo de las regiones del país. Por estos motivos, exhortamos a que se proceda con la destitución de los Presidentes Ejecutivos de ANDINATEL S.A. y PACIFITEL S.A.
5.- Con los antecedentes expuestos y bajo la firme convicción de que la participación de ETAPATELECOM S.A. en el mercado de las telecomunicaciones, beneficiará directamente a los usuarios del país - gracias a la provisión de nuevos y mejores servicios con más bajo costo -, le solicitamos ejercer su autoridad de Primer Mandatario a fin de que no se vuelvan a repetir este tipo de atropellos contra Cuenca y su región, advirtiendo, desde ahora, que no toleraremos intromisión alguna que perjudique lo que por derecho y justicia nos asiste.