Fecha de sesión
Orden
3
Dirigido a
Asesoría Jurídica
Fecha de Oficio
Número de oficio
1026
El I. Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el Miércoles 21 de marzo
del año en curso, al conocer su criterio jurídico en torno a la aplicación de
las normas de la Ley de Reforma a las Finanzas Públicas y del Decreto Ejecutivo
de Restricción del Gasto Público, contenido en el oficio No. 602, suscrito por
el Procurador Sindico, se pronunció en los siguientes términos:
“Que el Decreto Ejecutivo 1221, no puede estar por encima de la Ley de Régimen
Municipal, que tiene carácter de orgánica; tanto más que, los gobiernos
seccionales se rigen por sus propias leyes, en razón de su autonomía. Por lo
tanto, en lo relacionado al régimen de remuneraciones, la Municipalidad y sus
empresas, tienen la prerrogativa de establecer sus propias políticas al igual
que en materia presupuestaria, conforme dispone el Art. 259 de la Constitución
Política de la República, dejando constancia que es política permanente de la
Municipalidad de Cuenca, la austeridad fiscal para precautelar los fondos
públicos.”