Fecha de sesión
Orden
4
Dirigido a
Unidad General De Planificacion
Fecha de Oficio
Número de oficio
3152
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el día Miércoles 1º.
de septiembre de 1999, al conocer el punto cuatro del orden del día,
relacionado con el informe denominado “PLAN DE MANEJO INTEGRAL DE LAS COLINAS
DE TURI-ICTOCRUZ Y ÁREAS ALEDAÑAS: INFORME FINAL SOBRE LOS ESTUDIOS
GEO-CIENTÍFICOS”, tomando como base tanto el contenido de dicho informe,
presentado por el Arq. Gustavo González G., Director Ejecutivo de la Comisión
de Gestión Ambiental, mediante oficio No. 510-CGA-99 de fecha 19 de julio de
1999, así como el informe suscrito por el Arq. Fernando Pauta Calle, Director
de la Secretaría General de Planificación, constante en el oficio No. 827-PU de
27 de julio de 1999, resolvió: levantar la suspensión de otorgamiento de
autorizaciones para edificaciones en la zona de macro deslizamiento Turi-Gapal,
que se impuso por resolución del I. Concejo Cantonal, adoptada en sesión
celebrada el día miércoles 16 de diciembre de 1998, en las áreas denominadas “
SIN PELIGRO” especificadas en el plano G-03 del referido estudio, y
comprendidas en el sector delimitado de la siguiente manera:
Por el NORTE: Ríos Tarqui y Yanuncay.
Por el SUR: Av. Circunvalación Sur, o Autopista Cuenca-Azogues.
Por el ESTE: Camino a El Valle. (Quebrada de Mal Paso)
Por el OESTE: El Guzho (Quebrada de Agua Santa).
La Corporación Edilicia resolvió igualmente que, en el plazo de treinta días,
la Secretaría General de Planificación, presente para su conocimiento y
resolución, un proyecto de reglamento que regule la construcción de
edificaciones y todo tipo de obras tanto en el sector antes delimitado, como en
las áreas llamadas de “baja peligrosidad” señaladas en el plano G-03, ya
mencionado. El I. Concejo
Cantonal, aplicando este reglamento, decidirá, en caso de haber mérito para
ello, levantar la suspensión de autorizaciones para construcciones en las áreas
citadas.
Finalmente, resolvió manifestar su parecer de que, la Comisión de Gestión
Ambiental, en razón de su carácter técnico y tomando en consideración los
resultados de los estudios realizados, debió solicitar a la Corporación
Edilicia, el levantamiento de la suspensión de autorizaciones para
construcciones en la zona, tanto más que, fue este Organismo quien requirió al
I. Concejo la prohibición total de construcciones, mediante oficio 238-CGA de
noviembre 26 de 1998, suscrito por el Arq. Gustavo González G., Director
Ejecutivo de la referida Comisión.