Fecha de sesión
Orden
8
Dirigido a
Direccion De Control Urbanistico
Fecha de Oficio
Número de oficio
2505
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 21 de
julio del año en curso, al conocer el contenido del oficio No. 441-DF de fecha
4 de mayo de 1999, suscrito por el Eco. Rubén Benítez Arias, ex- Director
Financiero, resolvió aprobar la modificación al rubro denominado “Tasa a cobrar
por certificados de afección y licencia urbanística en el área rural”, la misma
que se realiza en base a la “Ordenanza de Actualización de Valores” publicada
el 12 de agosto de 1998 y a la actualización de costos por servicios técnicos y
administrativos, aprobada con el presupuesto general de la I. Municipalidad
para el ejercicio económico de 1999.
Con esta modificación, la referida tasa se calculará de acuerdo al siguiente
detalle:
No. ACTIVIDAD COSTO FORMULARIO VALOR TASA BASE
ACT S/. UVC VALOR S/. VALOR UVC
12 Certificado de afección y
licencia urbanística en el
area rural 20000 0.48 UVC 40000 0.96 UVC
frente base 25 m 20000 0.48 UVC 40000 + 2400 c/m 0.96 UVC+0.057 c/m
más de 25 m que exceda al frente que exceda al frente
base base