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Ordenanzas y Reglamentos

ORDENANZA POR LA QUE EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON CUENCA RATIFICA LA DELEGACION A LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL DE MOVILIDAD, TRANSITO Y TRANSPORTE, EMOV-EP, LA COMPETENCIA PARA LA REGULACION Y CONTROL DEL TRANSITO, TRANSPORTE Y SEGURIDA

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

ORDENANZA POR LA QUE EL GOBIERNO AUTONÓMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON CUENCA RATIFICA LA DELEGACION A LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL DE MOVILIDAD, TRANSITO Y TRANSPORTE, EMOV-EP, LA COMPETENCIA PARA LA  REGULACIÓN Y CONTROL DEL TRANSITO, TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL EN EL CANTON CUENCA

 

Que la Constitución de la República en su Art. 264, numeral 6, otorga la competencia exclusiva  para que las municipalidades del país, dentro de su jurisdicción, asuman la planificación, regulación y control del tránsito y el transporte público;

Que la Constitución de la República en su Art. 425, establece que la jerarquía normativa considerará en lo que corresponda, el principio de competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados;

Que el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización  COOTAD, en su Art. 55, literales b) y f), reconoce la competencia exclusiva de los municipios para ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; así como planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal;

Que el Art. 130 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y  Descentralización COOTAD señala que, para el ejercicio de la competencia de tránsito y transporte los gobiernos autónomos descentralizados municipales definirán en su cantón el modelo de gestión de la competencia de tránsito y transporte público, de conformidad con la ley, para lo cual podrán delegar total o parcialmente la gestión a los organismos que venían ejerciendo esta competencia antes de la vigencia de este Código;

Que el COOTAD, en su Art. 57, literal a), establece la atribución del Concejo Municipal para  el ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;

Que el 9 de abril de 2010 el Concejo Cantonal de Cuenca, como órgano de legislación del gobierno autónomo descentralizado municipal, y en uso de sus atribuciones, creó mediante ordenanza la Empresa Pública Municipal de Movilidad, Tránsito y Transporte de Cuenca, EMOV EP.

Que en los artículos 1,2 y 3 de la citada Ordenanza se establecen las atribuciones otorgadas a la EMOV-EP para la organización, administración, regulación y control de las actividades de gestión, ejecución y operación de los servicios relacionados con la movilidad, tránsito y transporte terrestre en el cantón Cuenca;

Que el Consejo Nacional de Competencias transfirió las competencias para planificar, regular y controlar el tránsito, transporte terrestre y seguridad vial a la Municipalidad de Cuenca el 26 de abril del 2012, a través de la resolución NO.006-CNC-2012,  misma que fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 712 del 29 de mayo de 2012;

En uso de sus atribuciones, expide la siguiente:

 

ORDENANZA POR LA QUE EL GOBIERNO AUTONÓMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON CUENCA RATIFICA LA DELEGACION A LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL DE MOVILIDAD, TRANSITO Y TRANSPORTE, EMOV-EP, LA COMPETENCIA PARA LA  REGULACIÓN Y CONTROL DEL TRANSITO, TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL EN EL CANTON CUENCA

 

Art. 1 El Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Cuenca, asume el ejercicio de  las competencias de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, según lo establecido en la Resolución NO.006-CNC-2012,  de fecha 26 de abril de 2012 y publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 712 del 29 de mayo de 2012  y ratifica la delegación a la Empresa Pública Municipal de Movilidad, Tránsito y Transporte, EMOV-EP, en los términos que establece la Ordenanza de su constitución, organización y funcionamiento y la Resolución citada; así como  todas las actuaciones y decisiones que en el marco de dichos instrumentos jurídicos se han efectuado desde la creación de la Empresa.

 

Art. 2 La competencia de planificación es exclusivamente Municipal y se la ejecuta a través de la dependencia técnica correspondiente.

 

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

La presente ordenanza, entrará en vigencia a partir de su publicación.

 

Dado y firmado, en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, a los 30 días del mes de octubre de 2012.

 

 

Dr. Paúl Granda López                                            Dra. Lorena Cazar Almache

        ALCALDE DE CUENCA                                 SECRETARIA DEL ILUSTRE

                                                                                       CONCEJO CANTONAL

 

CERTIFICADO DE DISCUSIÓN: Certificamos que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal en primer debate en la sesión ordinaria del 19 de octubre del 2012 y en segundo debate, en sesiones extraordinaria del 30 de octubre del 2012.- Cuenca, 30 de octubre de 2012.

 

 

 

Dra. Lorena Cazar Almache

SECRETARIA DEL ILUSTRE

CONCEJO CANTONAL

 

ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y publíquese.- Cuenca, 30 de octubre de 2012.

 

 

 

Dr. Paúl Granda López

ALCALDE DE CUENCA

Proveyó y firmó el decreto que antecede el Dr. Paúl Granda López, Alcalde de Cuenca, a los treinta días del mes de octubre del dos mil doce.- Cuenca, 30 de octubre de 2012.

 

 

 

Dra. Lorena Cazar Almache

SECRETARIA DEL ILUSTRE

CONCEJO CANTONAL