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Ordenanzas y Reglamentos

ORDENANZA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CUENCA

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

 

ORDENANZA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CUENCA

 

EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución de la República, en su artículo 264 numeral 1, establece que los gobiernos municipales tienen competencias exclusivas entre otras, las de planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, con el fin de regular su uso y la ocupación del suelo urbano y rural;

 

Que la Constitución de la República, en el numeral 6 de su artículo 3 establece que; es deber primordial del Estado: promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización.”;

 

Que de conformidad con el Art. 241 de la Carta Magna, la planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos descentralizados;

 

Que la Constitución garantiza la participación de la ciudadanía en la formulación de la planificación y el Buen Vivir como meta para el país;

 

Que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización establece en su Art. 467 que los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial se expedirán mediante ordenanzas y entrarán en vigencia una vez publicados;

 

Que el artículo 41 y siguientes del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, determina la necesidad de que los gobiernos autónomos descentralizados tengan sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial;

 

Que la legislación vigente y la política estatal reconocen y garantizan a quienes habitan en la República del Ecuador el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación;

 

Que el cantón Cuenca en respuesta al desarrollo y crecimiento dinámico experimentado en los últimos tiempos, requiere de normativa idónea para preservar la integridad de sus habitantes y del ambiente, así como propiciar una estructura policéntrica, articulada y complementaria de asentamientos humanos, que den como resultado un adecuado manejo y protección de recursos naturales;

 

Que es necesario articular a nivel nacional y regional en torno al “Plan Nacional para el Buen Vivir 2009-2013, Construyendo un Estado Plurinacional e Intercultural” y, a la “Agenda Zonal para el Buen Vivir, Propuestas de Desarrollo y Lineamientos para el Ordenamiento Territorial”, agenda de la zona de planificación 6 (provincias de Azuay, Cañar y Morona Santiago);

 

Que la I. Municipalidad de Cuenca aprobó el 04 de agosto de 2011 la Ordenanza que regula el Procedimiento de Aprobación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca y el Presupuesto Municipal 2012;

 

Que la I. Municipalidad de Cuenca ha visto la necesidad de generar una Ordenanza que regule el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, el cual promueva un equilibrio y armonía entre el crecimiento de la ciudad con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales;

 

Que en la Asamblea Ciudadana del 13 de Octubre de 2011, la máxima instancia de participación validó y aprobó el diagnóstico y propuestas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca, así como los lineamientos del Presupuesto 2012; y,

 

Que de acuerdo a la Ley, en fecha 31 de octubre de 2011 el Concejo Cantonal de Cuenca posesionó al Consejo Cantonal de Planificación;

 

En ejercicio de las facultades establecidas en el Art. 240 de la Constitución de la República, y de conformidad con los Art. 57  literal a), e) y x) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

 

 

 

 

EXPIDE:

 

La Ordenanza de Aprobación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca

 

Artículo 1.- Naturaleza del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca es una política pública y un instrumento de planificación del desarrollo que busca ordenar, compatibilizar y armonizar las decisiones estratégicas del desarrollo respecto de los asentamientos humanos; las actividades económico-productivas; y, el manejo de los recursos naturales, en función de las cualidades territoriales, a través de la definición de lineamientos para la materialización del modelo territorial de largo plazo, expedido de conformidad a las normas constitucionales vigentes y a las del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas; ordenanzas municipales, reglamentos y otras normas legales.

 

Artículo 2.- Objeto del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Cuenca busca el desarrollo socioeconómico de la localidad y una mejora en la calidad de vida; así como la gestión responsable de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, y la utilización racional del territorio. Los objetivos proponen la aplicación de políticas integrales, capaces de abordar la complejidad del territorio, su población y promover nuevas normas de cohesión y redistribución, en el marco del reconocimiento de la diversidad.  Los grandes objetivos del Plan son: mejorar el nivel de ingreso o renta de la población; mejorar la calidad de vida y de trabajo; y, mejorar la calidad ambiental.

 

Para alcanzar estos objetivos que favorecen la articulación armónica del sistema territorial, entendido como una construcción social que representa el estilo de desarrollo de la sociedad, el Plan organiza y propone el modelo a futuro a partir de los subsistemas: Medio Físico o Sistema Natural; Población y Actividades de Producción, Consumo y Relación Social; Asentamientos Humanos e Infraestructuras; y, el Marco Legal e Institucional.

 

Artículo 3.- Finalidad del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Cuenca responde a una política y estrategia nacional de desarrollo y ordenamiento territorial, que tiene como finalidad lograr una relación armónica entre la población y el territorio, equilibrada y sostenible, segura, favorecedora de la calidad de vida de la población, potenciando las aptitudes y actitudes de la población, aprovechando adecuadamente los recursos del territorio, planteando alianzas estratégicas y territoriales de uso, ocupación y manejo el suelo; fomentando la participación activa de la ciudadanía, diseñando y adoptando instrumentos y procedimientos de gestión que permitan ejecutar acciones integrales y que articulen un desarrollo integral entre la población y su territorio en el contexto local, regional, nacional y mundial.

 

El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Cuenca tiene como finalidad lograr el equilibrio entre los objetivos supremos que son: mejorar las condiciones de vida y de trabajo; la preservación y cuidado del medio ambiente y recursos naturales; y, el aumento en el nivel de ingresos económicos de la población.

 

En este contexto, en ejecución de la competencia exclusiva de regulación del uso y control del suelo que por Ley corresponde a la I. Municipalidad, teniendo como objetivos del ordenamiento territorial complementar la planificación económica, social y ambiental con dimensión territorial; racionalizar las intervenciones sobre el territorio; y, orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible.

 

Artículo 4.- Ámbito del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca rige para el territorio cantonal.

 

Artículo 5.- Instrumento.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca que se aprueba por esta Ordenanza, se encuentra conformado por el Diagnóstico Sectorial; Diagnóstico Integrado; Escenarios; Modelo de Desarrollo Estratégico y Ordenamiento Territorial; Planes y Programas.

 

Artículo 6.- Vigencia y publicidad del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca tiene una vigencia temporal hasta el año 2030, pudiendo ser reformado cuando así lo considere la I. Municipalidad.

 

El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca será público, y cualquier persona podrá consultarlo y acceder al mismo a través de los medios de difusión de la I. Municipalidad, así como en las dependencias municipales encargadas de su ejecución.

 

Artículo 7.- Revisión, reforma y modificación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca.- La revisión del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca se desarrollará de conformidad a lo previsto en la Ley y en las Ordenanzas pertinentes. Procederá su reforma y modificación cuando concurra alguna circunstancia sobrevenida que obligue a modificar alguno de sus elementos principales. Dicha reforma o modificación deberá seguir los mismos trámites que para su aprobación.

 

Artículo 8.- Ajustes y actualización del Plan.- Se entiende por ajustes del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, los ajustes futuros en su cartografía o en los estudios informativos o anteproyectos de infraestructuras o en los planes y programas. Todos los planes de ordenación municipal deberán aplicar las normas y ajustarán los límites de las zonificaciones previstas en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de acuerdo a sus escalas cartográficas. La regularización de límites será posible, siempre que el resultado no suponga una disminución sustancial de la superficie de la zona afectada.

 

Se entiende por actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, la inclusión en el mismo de las determinaciones que surjan en el futuro, cuando se considere necesario para la mejor comprensión de su contenido, basada en los informes pertinentes.

 

Los ajustes y la actualización será efectuada por la entidad a cargo de la gestión y ejecución del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, debiendo informarse de los mismos al Consejo Cantonal de Planificación y al I. Concejo Cantonal.

 

Artículo 9.- Entidad para la gestión y ejecución del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca será gestionado por la Secretaría General de Planeamiento, o, la dependencia municipal que en el futuro la reemplace.

 

Artículo 10.- Aprobación Presupuestaria.- De conformidad con lo previsto en la Ley, la I. Municipalidad de Cuenca tiene la obligación de verificar que el presupuesto operativo anual guarde coherencia con los objetivos y metas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

 

El desarrollo de la regulación del uso del suelo, como parte del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca deberá ser aprobado por la I. Municipalidad de Cuenca, mediante ordenanza en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

La presente ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.

Dado y firmado en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal, el día sábado tres de diciembre de dos mil once.

 

 

 

       Paúl Granda López                                          Dra. Lorena Cazar Almache

ALCALDE DE CUENCA                               SECRETARIA DEL ILUSTRE

                                                                              CONCEJO CANTONAL

 

CERTIFICADO DE DISCUSIÓN: Certificamos que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal en Primero y Segundo Debates, en sus sesiones: extraordinarias del 28 de noviembre y del 03 de diciembre del 2011.- Cuenca, 03 de diciembre de 2011.

 

 

 

 

Dra. Lorena Cazar Almache

SECRETARIA DEL ILUSTRE

CONCEJO CANTONAL

 

ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y publíquese.- Cuenca, 03 de diciembre de 2011.

 

 

 

Dr. Paúl Granda López

ALCALDE DE CUENCA

 

Proveyó y firmó el decreto que antecede el Dr. Paúl Granda López, Alcalde de Cuenca, a los tres días del mes de diciembre del dos mil once.- Cuenca, 03 de diciembre de 2011.

 

 

 

Dra. Lorena Cazar Almache

SECRETARIA DEL ILUSTRE

CONCEJO CANTONAL