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Ordenanzas y Reglamentos

Ordenanza de Creación y Funcionamiento de la Comisión de Gestión Ambiental (C.G.A.)

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza
ordenanza_3.doc (42.5 KB)

CAPITULO I

 

"DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LA COMISION DE GESTION AMBIENTAL"

 

Art. 1.-  La Comisión de Gestión Ambiental (C.G.A.) tiene como objetivos:

a)  Fortalecer el liderazgo y la autonomía municipales, en lo relativo a la gestión del medio ambiente.

b)  Integrar las principales instituciones que de una u otra manera, se hallan ligadas a la protección del medio ambiente, los recursos naturales y la prevención de desastres.

c)  Lograr que los diferentes entes públicos y privados cumplan satisfactoriamente la legislación ambiental vigente en el País y en el Cantón.

d)  Optimizar los recursos humanos y los equipamientos existentes en las distintas instituciones, organizaciones privadas, organizaciones no gubernamentales (ONG,s) y  comunitarias, para efectuar labores de prevención, monitoreo y de control ambiental y,

e)  Mejorar las condiciones ambientales del Cantón Cuenca, protegiendo y manteniendo los ecosistemas, los recursos naturales y el paisaje, propendiendo además a la restauración de áreas ecológicamente valiosas, cuando éstas hayan sido degradadas por la actividad humana.

 

Art. 2.-  Para alcanzar los objetivos propuestos, a la C.G.A. le compete cumplir las siguientes funciones:

a)  Coordinar acciones entre las distintas instituciones, organizaciones privadas, organizaciones no gubernamentales (ONG,s) y  comunitarias, para que sus decisiones tiendan a logar una Ciudad y un Cantón autosustentables.

b)  Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales ambientales, vigentes tanto dentro de la I. Municipalidad de Cuenca, como en los organismos que están fuera de ella.

c)  Dirimir conflictos en materia ambiental.

d)  Gestionar la asignación de recursos internos y externos que vayan en beneficio de programas pro-ambientalistas.

e)  Promover la actualización y generación de nuevas normativas sobre materia ambiental.

f)   En coordinación con los organismos técnicos pertinentes, disponer la realización de labores de prevención, monitoreo y control ambiental.

g)  Promover la investigación, la educación, la capacitación y la difusión de temas ambientales.

h)  Coordinar la ejecución de auditorías ambientales, tanto con organismos públicos como privados.

i)   Vigilar y disponer que todo proyecto que requiera de estudios de impacto y de planes de manejo ambientales, se ejecuten oportuna y adecuadamente. Sin perjuicio de lo previsto en las normas relativas a la contratación pública, se exigirá una garantía que ampare el fiel cumplimiento de esta disposición.

j)   Ejercer la Procuraduría Ambiental, a fin de permitir que particulares reclamen sobre afectaciones al medio ambiente, ya no únicamente en su nombre, sino a nombre de toda la colectividad; denuncias que deberán ser constatadas por la Comisión de Gestión Ambiental para, de encontrar que existen infracciones, tomar las acciones pertinentes, sin que éstas engendren responsabilidad ni causen problemas a los denunciantes.

k) Cuidar la naturaleza y la función ambiental de beneficio común, de los bienes de dominio público y privado.

 

CAPITULO II

 

"DE LA JERARQUIA, ESTRUCTURA Y CONFORMACION DE LA COMISION DE GESTION AMBIENTAL"

 

Art. 3.-  La C.G.A., es un foro constituído por los representantes técnicos ambientales, de organismos públicos y privados de la sociedad civil, que se han adherido a él, mediante la suscripción del denominado Convenio de Adhesión para la Gestión Ambiental.  Inicialmente, la C.G.A. estará integrada por los Directores de Higiene y Medio Ambiente y de la Unidad General de Planificación de la Ilustre Municipalidad de Cuenca, un representante de ETAPA, CREA, Consejo Provincial del Azuay, Cámaras de la Producción, Universidades, Colegios Profesionales, Proyecto PRECUPA Y Organizaciones No Gubernamentales ONG’s, ligadas al medio ambiente.

 

De acuerdo a las necesidades del Cantón,  la C.G.A. podrá decidir a futuro la adhesión de otras instituciones en su seno, para que coadyuven en el logro de sus objetivos.

 

Art. 4.- La C.G.A. es un organismo de alta jerarquía interinstitucional en lo administrativo y dependerá directamente del Alcalde de Cuenca, en el ámbito administrativo.

 

 

CAPITULO III

 

"DISPOSICIONES GENERALES"

 

Art. 5.- La Presidencia de la C.G.A., la ejercerá el señor Alcalde de Cuenca o su Concejal delegado.  El Presidente tendrá derecho a voz y voto.

 

Art. 6.-  La C.G.A. tendrá un Director Ejecutivo, quien ejercerá las funciones de Secretario de la Comisión, y tendrá derecho a voz, pero no a voto dentro de la misma.

 

Art. 7.- El Director Ejecutivo será nombrado por el señor Alcalde de Cuenca.

 

Art. 8.- La C.G.A. sesionará ordinariamente por lo menos una vez al mes, y extraordinariamente, cuando lo estime necesario su Presidente, o a pedido de la mayoría de sus miembros.

 

Art. 9.- Las sesiones se realizarán previa convocatoria escrita del Presidente, y para instalarlas, será necesario la presencia de más de la mitad de los miembros de la C.G.A..

 

Art. 10.- La C.G.A. someterá a la aprobación del Ilustre Concejo Cantonal, los reglamentos que sean necesarios para su adecuado funcionamiento y para el logro de los objetivos propuestos.

 

Art. 11.- Todos los miembros de la C.G.A. deberán estar debidamente acreditados, con poder de decisión y estar trabajando en el área de la Gestión Ambiental.

 

Art. 12.- Todos los integrantes e instituciones representadas en la C.G.A., se obligan a cumplir y hacer cumplir las decisiones emanadas en sus reuniones, las mismas que serán oficializadas por el Presidente de la Comisión.

 

Art. 13.- Todos los integrantes de la Comisión deberán cumplir con los requisitos exigidos en los Convenios de Adhesión.  En los mismos se especificarán las condiciones de participación  institucional.

 

 

CAPITULO IV

 

 "AMBITO DE APLICACION"

Art. 14.-Las disposiciones consideradas en la presente Ordenanza, regirán en el Cantón en General.

 

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

 

PRIMERA:  La Ilustre Municipalidad de Cuenca, mediante el apoyo inicial de la Comisión Asesora Ambiental de la Presidencia de la República (C.A.A.M.), financiará las actividades de la C.G.A., durante los cuatro primeros años de funcionamiento. La C.G.A. tendrá como actividad prioritaria conseguir su autofinanciamiento.

 

SEGUNDA:  Una vez designado el Director Ejecutivo de la C.G.A., dispondrá de un término de 30 días para elaborar el Proyecto de Reglamento de Funciones y los términos de los Convenios de Adhesión.