Calendario Tributario
FECHAS MÁXIMAS DE DECLARACIÓN Y PAGO | |||
IMPUESTOS: PATENTE MUNICIPAL / 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES | |||
AÑO: 2025 | |||
NOVENO DIGITO DEL RUC | PERSONAS NATURALES NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD* | PERSONAS NATURALES OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD | SOCIEDADES |
GAD CUENCA | GAD CUENCA | GAD CUENCA | |
1 | 30 de junio | 23 de abril | 28 de mayo |
2 | 30 de junio | 25 de abril | 29 de mayo |
3 | 30 de junio | 29 de abril | 29 de mayo |
4 | 30 de junio | 30 de abril | 02 de junio |
5 | 30 de junio | 01 de mayo | 04 de junio |
6 | 30 de junio | 06 de mayo | 04 de junio |
7 | 30 de junio | 08 de mayo | 05 de junio |
8 | 30 de junio | 08 de mayo | 09 de junio |
9 | 30 de junio | 12 de mayo | 11 de junio |
0 | 30 de junio | 14 de mayo | 11 de junio |
*Base Legal: a.1) del lit a) del Art. 11 de la Ordenanza Municipal que Reglamenta la Determinación, Administración, Control y Recaudación del Impuesto de Patentes. Nota.- Para las personas naturales que inicien actividades se acatará lo señalado en el a.2) del lit a) del Art. 11 de la Ordenanza Municipal que Reglamenta la Determinación, Administración, Control y Recaudación del Imp. de Patentes. a.2) Para las personas que inicien actividades y se inscriban por primera vez en el catastro de patentes, la determinación del impuesto será de forma inmediata y este será cancelado por el sujeto dentro de los 30 días siguientes al día final del mes en el que inicien actividades. Nota.- se considerará a las fechas de vencimiento que caen en fin de semana o feriado, el traslado al primer día hábil siguiente; conforme lo señalado por el Servicio de Rentas Internas, y el calendario de feriados 2025 en el Ecuador. Nota.- Se dará por entendido lo señalado en el Art. 9 de la Ordenenza del Impuesto a los Activos Totales, a 30 días hábiles, conforme establece el numeral 2 del Art. 12 del Código Tributario. | |||