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Ordenanzas y Reglamentos

EL I. CONCEJO CANTONAL DE CUENCA, RESOLUCION DE SILLA VACIA

Artículo
310
Fecha Publicación
Primer Debate
Segundo Debate
Archivo Ordenanza

EL I. CONCEJO CANTONAL DE CUENCA,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República consagra y garantiza la participación ciudadana como forma de incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de las entidades públicas y en los diferentes niveles de gobierno.

Que, desde la expedición de la Constitución y sin que se haya dictado la Ley de Participación Ciudadana, las ciudadanas y los ciudadanos, de manera individual o colectiva, han requerido del Concejo Cantonal, una participación activa que deba ser facilitada y promovida para que el ejercicio de la democracia participativa se concrete eficaz y productivamente para contribuir a una gestión pública responsable, transparente y garante de los derechos individuales y colectivos.

Que, la expedición de los instrumentos normativos que fomenten la participación responsable de las ciudadanas y los ciudadanos no puede ser ajena ni construirse sin la participación de los sujetos que ejercen sus derechos de participación en la formación y expedición de las normas de garantía de sus derechos.

Que, los distintos niveles de gobierno en el ámbito local, las Juntas Parroquiales, el Gobierno Provincial y los Gobiernos Municipales, han de construir, con las ciudadanas y los ciudadanos, los instrumentos normativos que promuevan los distintos modos de la participación ciudadana que establece la Constitución de la República.

Que, durante el proceso de expedición de la Ley de Participación Ciudadana, los diferentes niveles de Gobierno de Cuenca se convertirán en actores que aporten en el proceso de formación de dicha ley y de los instrumentos normativos que regulen los diferentes modos de participación ciudadana.

Que, durante este proceso, deberá incentivarse la participación ciudadana, individual y colectiva, concreta y efectiva, de manera especial, en el ejercicio democrático que permita que la “silla vacía”, dispuesta en el Art. 101 de la Constitución de la República, dentro del Concejo Cantonal, sea un instrumento real y efectivo de la participación ciudadana.

En usos de sus atribuciones, expide la siguiente Resolución:

 

  1. Declarar a la participación ciudadana, individual y colectiva, como eje transversal que oriente la gestión de la Corporación Municipal.

 

  1. Convocar a los diferentes actores, públicos y privados en Cuenca, a participar y aportar con sus iniciativas en el proceso de formación de la Ley de Participación Ciudadana y en el diseño de los instrumentos normativos seccionales que sean correspondientes y propicios a una efectiva y responsable participación de la ciudadanía que incida en la decisión de las políticas públicas y en el control social de las acciones de la Municipalidad, sus empresas y demás organismos desconcentrados de su gestión.

 

  1. Disponer que la Comisión de Participación Ciudadana con el apoyo de la Comisión de Legislación, promuevan, organicen e integren las diferentes propuestas ciudadanas en un documento que sea puesto en conocimiento de la Asamblea Nacional y en el diseño del cuerpo normativo que regule los procesos de participación ciudadana en la Corporación Municipal.

 

  1. Mientras se expide la Ley de Participación Ciudadana y ante la necesidad de establecer un mecanismo claro para el uso de la Silla Vacía contemplado en la Constitución y la Comisión General en el ámbito municipal, el Concejo Cantonal asume las siguientes normas:

 

  1. En todas las sesiones del Concejo Cantonal, se dispondrá de una silla colocada con frente a la mesa de sesiones, al mismo nivel de los Concejales, que será ocupada por una representante o un representante de la ciudadanía en función de los intereses directos dentro de los temas a tratar. La participación en el debate y la toma de decisiones consistirá en el ejercicio del derecho a voz sujetándose a las normas establecidas en el Reglamento Interno del Concejo Cantonal.

 

  1. Para garantizar el ejercicio del derecho de participación en los temas a tratarse, la Secretaría del Concejo Cantonal, al tiempo de convocar a la sesión, por cualquier medio, hará saber a las ciudadanas y ciudadanos o sus representantes, que tengan interés directo en el tema, que el asunto será conocido y tratado por el Concejo Cantonal.

 

  1. Todas las convocatorias a sesiones del Concejo Cantonal, con la orden del día a tratarse serán difundidas masivamente, colocados en el sitio web institucional y en un cartel exhibido a la entrada del Edificio Municipal.

 

  1. Todas las ciudadanas y los ciudadanos, que manifiesten su interés en ocupar la silla vacía, para el tratamiento de cualquier tema, solicitarán, sin intermediarios, al Alcalde y de manera previa a la sesión, su participación, anexando la siguiente información:

 

  1. Copia del documento de identidad,
  2. Acreditar mediante carta certificada la vocería de la organización ciudadana a la que representará, si este fuera el caso.
  3. Documento impreso en el que se exprese con claridad el motivo de su petición.

 

e. Los asuntos de interés general y colectivo, relativos a decisiones sobre temas de planificación, presupuesto, normativos y los que la Comisión de Participación, Transparencia y Gobierno Electrónico del Concejo Cantonal, califique como de interés general o colectivo, serán adicionalmente comunicados a los actores públicos y privados relacionados, por cualquier medio a través de la Secretaría del Concejo Cantonal, para que tales actores, de manera previa a la sesión, por solicitud dirigida al Alcalde, requieran ocupar la silla vacía.

 

f. Sí antes de la sesión, hubieren sido calificados más de una o un solicitante por materia, serán las y los calificados quienes designen libremente quien los represente y ocupe la silla vacía. De no haber acuerdo o de no designarse quien los represente, la Secretaría del Concejo por sorteo, calificará el representante, sin perjuicio de que, el Concejo Cantonal, acredite la participación de más de tres personas por cada tema a tratar.

 

g. La Secretaría del Concejo Cantonal, mantendrá un registro de los pedidos del uso del derecho de la silla vacía, de los aceptados y negados, además hará público el nombre de la ciudadana o ciudadano quien ocupó la Silla Vacía, debiendo registrar su participación dentro de las actas del Concejo Cantonal.

 

h. La Comisión de Participación Ciudadana, en cualquier tiempo, podrá sugerir al Alcalde la difusión pública de un tema y la organización de talleres de socialización y participación de manera previa a su conocimiento formal por parte del Concejo Cantonal.

 

i. Se denomina comisión general a la instancia de participación ciudadana en el seno del Concejo Cantonal ha pedido de la ciudadanía, para realizar propuestas, denuncias o peticiones sobre temas que no hayan sido resueltos en el ámbito administrativo.

 

j. Para hacer uso de este espacio de participación el peticionario, la peticionaria o los peticionarios entregarán, sin intermediarios, la solicitud dirigida al Alcalde, quien dispondrá y atenderá la petición en un plazo no mayor de ocho días. Sin perjuicio de atender la petición de ser recibido en Comisión General, el Alcalde podrá designar un funcionario administrativo para que atienda el requerimiento ciudadano.

 

k. Quien o quienes participen en la Comisión General harán uso de la palabra por un tiempo no mayor a cinco minutos. En su intervención se referirá únicamente al tema mencionado en su petición. No habrá debate ni resolución de los temas que sean presentados, no obstante lo cual, el Alcalde informará al peticionario sobre lo requerido en un término no mayor a quince días.

 

l. Las participaciones en Comisión General serán parte de las actas del Concejo Cantonal. Las respuestas de atención a los ciudadanos serán publicadas en una bitácora de seguimiento de este procedimiento y el del ejercicio democrático de la silla vacía.

Cuenca, 17 de diciembre de 2009.

 

 

Dr. Paúl Granda López                              Dr. Ricardo Darquea Córdova

ALCALDE DE CUENCA                           SECRETARIO DEL ILUSTRE

                                                                           CONCEJO CANTONAL