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El Impuesto a los Predios Urbanos grava en forma anual el usufructo de propiedades inmuebles urbanas dentro de una circunscripción cantonal; y, el Impuesto a los Predios Rurales grava la propiedad o usufructo de bienes inmuebles ubicados fuera de los límites urbanos de cada cantón.
BASE LEGAL.-
HECHO GENERADOR.-
Todas las propiedades urbanas y rurales ubicadas en el Cantón Cuenca.
SUJETO ACTIVO.-
GAD MUNICIPAL DEL CANTON CUENCA.
SUJETO PASIVO.-
Personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho.