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Resoluciones

1.- Conocimiento y resolución sobre el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), enviado al Pleno de la Asamblea Nacional, por la Comisión de Gobiernos Autónomos.

Fecha de sesión
Orden
1
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PARA ACTAS

PARA ACTAS

El Ilustre Concejo Cantonal en Sesión Extraordinaria celebrada el día martes 04 de febrero de 2020, al tratar el punto 1 del orden del día, sobre el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), enviado al Pleno de la Asamblea Nacional, por la Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial, resolvió adoptar la siguiente resolución:

EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 31 expresa que: "Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía";

Que, el artículo 241 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que la planificación deberá garantizar el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos descentralizados;

Que, el artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador que establece que el régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos, y el numeral 6 expresa que: "promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las actividades socioculturales, administrativas, económicas y de gestión, y que coadyuve a la unidad del Estado. (...);

Que, el artículo 415 de la Constitución de la República de Ecuador dispone que: "El Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados adoptarán políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso del suelo. (...)";

Que, el artículo 9 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece: “La planificación del desarrollo se orienta hacia el cumplimiento de los derechos constitucionales, el régimen de desarrollo y el régimen del buen vivir, y garantiza el ordenamiento territorial. El ejercicio de las potestades públicas debe enmarcarse en la planificación del desarrollo que incorporará los enfoques de equidad, plurinacionalidad e interculturalidad”;

Que, el artículo 12 del  Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dice: “La planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial es competencia de los gobiernos autónomos descentralizados en sus territorios. Se ejercerá a través de sus planes propios y demás instrumentos, en articulación y coordinación con los diferentes niveles de gobierno, en el ámbito del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa”;

Que, el artículo 7 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) reconoce a los concejos municipales la capacidad para dictar normas de carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial;

Que, en materia de planeamiento y urbanismo, a la administración municipal le compete expedir las ordenanzas y normativa específica con el objeto de cumplir las funciones prescritas en el Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), teniendo en cuenta el armónico desarrollo urbano;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) en el artículo 54 establece que son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes, literal a) “Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales…”;

Que, el artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (letra a) del COOTAD) contempla que los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la Ley;, “a) dispone: “Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, (...)";

Que, el artículo 56 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) determina que el Concejo Municipal es el órgano de legislación y fiscalización del gobierno autónomo descentralizado municipal;

Que, en el año 2016 se aprueba en el Ecuador la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo como una herramienta fundamental de Derecho Urbanístico que tiene como objetivo fijar los principios rectores y el sistema jurídico necesario para entre otros potenciar el real ejercicio de las autonomías municipales a partir de procesos sostenibles de Ordenamiento Territorial y planeación urbanística;

Que, La Asamblea General de las Naciones Unidas refrendó la Nueva Agenda Urbana en su sexagésimo octava sesión plenaria de su septuagésimo primer período de sesiones, el 23 de diciembre de 2016, la misma que fue  aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III) celebrada en Quito, Ecuador el 20 de octubre de 2016;

Que, la Asamblea Nacional ha presentado a discusión con informe de primer debate el Proyecto de Ley Orgánica reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización que propone en su texto la derogatoria de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión de Suelo;

Que, el Municipio de Cuenca ha hecho los esfuerzos económicos, financieros e institucionales necesarios para garantizar a su ciudadanía un proceso de planeación territorial de largo y mediano plazo en orden a lo que regula la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión de Suelo;

Que, en el marco de la Democracia y la Participación Ciudadana, se ha mantenido diversas reuniones con la Academia, Gremios Profesionales, Sector Inmobiliario del cantón e incluso estos sectores han sido recibidos en el pleno del Concejo Municipal con el fin recibir sus comentarios sobre el proyecto de reforma al COOTAD que pretende derogar la LOOTUGS;

En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD. 

Resuelve:

1.- Apoyar, toda iniciativa que implique el fortalecimiento a marcos legales nacionales especializados que tutelen Derechos Constitucionales tales como: El Derecho a la Ciudad, El Derecho a un Hábitat adecuado y a una Vivienda Digna, El Derecho a la Soberanía Alimentaria, el Derecho a la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2.- Exhortar, a la Asamblea Nacional que se suspenda el conocimiento del proyecto de reforma al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en la parte pertinente que contempla las normas vigentes de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo y su derogatoria.

3.- Invitar, a los Señores y Señoras Asambleístas  para fomentar una amplia discusión nacional sobre las Autonomías Municipales en el marco de la Unidad Territorial y en lo que respecta a los procesos del Ordenamiento Territorial y la Planeación Urbanística y la necesidad de control a las decisiones que, sobre el ordenamiento territorial, se toman en los diferentes niveles de gobierno con énfasis en los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales.

4.- Solicitar, a la Comisión Especializada Permanente de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio se amplíen los procesos para una efectiva socialización del proyecto de ley orgánica reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, para lo cual proponemos la conformación de un Comité técnico que incluya principalmente a representantes de los GADs Provinciales, cantonales y parroquiales, además representantes de la universidades del país, gremios, colectivos ciudadanos y más sectores.

5.- Solicitar, la garantía de permanecía de instituciones jurídicas que fortalecen la autonomía municipal tales como: la Función Pública del Urbanismo, el Derecho a Edificar, el Reparto de Cargas y Beneficios y la Función Social y ambiental de la Propiedad, además de mantener el Régimen Sancionador para garantizar que los gobiernos municipales puedan ejercer su competencia de control y sanción.

6.- Solicitar, al pleno de la Asamblea nacional la suspensión del debate del proyecto de  Ley orgánica reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD  hasta que se cumpla con la efectiva socialización de la misma y se recojan los aportes de los diferentes sectores principalmente de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

7.- Recordar, a los y las señoras Asambleístas sobre los compromisos internacionales asumidos con la suscripción de la Nueva Agenda Urbana especialmente lo que consta en los puntos: 11.: “…. Hacemos notar los esfuerzos de algunos gobiernos nacionales y locales para consagrar este ideal, conocido como “el derecho a la ciudad”, en sus leyes, declaraciones políticas y cartas…”; y 111.: Promoveremos la elaboración de normas adecuadas y aplicables en el sector de la vivienda, incluidos, según el caso, códigos de construcción resiliente, regulaciones, permisos de construcción, ordenanzas y leyes del uso del suelo...”

8.- Crear, con carácter temporal, la mesa cantonal técnica de análisis y representación  en cuanto al Derecho Territorial, la misma que estará presidida por el señor Alcalde de Cuenca e integrada por los miembros del Concejo Cantonal y representantes de las universidades, cámaras, gremios, colegios profesionales, gobiernos parroquiales y colectivos ciudadanos relacionados con la materia de la presente resolución.

9.- Invitar, a los miembros de la Comisión Especializada Permanente de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio para sesionar en el cantón Cuenca y conocer los avances en el desarrollo de nuestras herramientas de ordenamiento territorial, planeamiento urbanístico y gestión del suelo desarrollados en el marco de la legislación vigente y las propuestas a la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

10.- Disponer, a la Secretaría de Concejo Municipal envíe una copia certificada de esta Resolución a la Asamblea Nacional en la persona de su Presidente, a los miembros de la Comisión Especializada Permanente de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio y a los Asambleístas de la provincia del Azuay.

Dado y firmado en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Municipal del cantón Cuenca, a los 04 días del mes de febrero de 2020.

 

 

Ing. Pedro Palacios Ullauri                                    Arq. Pablo Burbano Serrano

ALCALDE DE CUENCA                                      VICEALCALDE DE CUENCA

 

LOS CONCEJALES

Mgst. Alfredo Aguilar Arízaga                              Mgst. Omar Álvarez Cisneros             

Abg. Xavier Barrera Vidal                                     Lcda. Lorena Carrión (Alterna)

Dr. Gustavo Duche Sacaquirin                             Mgst. José Fajardo Sánchez                

Sra. Paola Flores Jaramillo                                   Mgst. Fabián Ledesma Ayora

Ing. Daniel García Pineda                                    PhD. Diego Morales Jadán               

Abg. Roque Ordoñez Quezada                            Tnlga. Marisol Peñaloza Bacuilima

Mgst. Andrés Ugalde Vásquez                             PhD. Cristian Zamora Matute

 

Dr. Neil Aray Palomeque

SECRETARIO DEL CONCEJO

MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA (E)

Número de memo
00000
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